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ijolet?n de la 'Real Academia Gallega ?73
San Vicente de Mallares, que hoy est? perdida ya, aunque confirm? este ?
privilegio y de nuevo lo don? el Rey D. Garc?a (Alfonso?) de Le?n, a?o
de 1213; despu?s comenzaron a usurpar algunos pedazos de la jurisdic
ci?n algunos caballeros, entre los cuales fu? uno Ruy G?mez, que derri
b? muchos marcos y mojones que divid?an la jurisdicci?n por los lugares
de Esca?oi, Balmar?n y la Moreira, y as? se querell? de fuerza el Abad
de este Monasterio ante el Rey D. Alonso y ?l remiti? el judicato al Me
rino de Pru?os y al de Nendos, a?o de 1261, y en 8 de Agosto de dicho
a?o dieron sentencia condenando a Pedro Pardo y a D.a Mar?a Afonso a
que vuelvan los vasallos de Esca?oi, Balmar?n y la Moreira al Monaste
rio, cuyos eran; y en I I de Diciembre de 1272 quiso la justicia de Puen
tedeume obligar a los vasallos que fuesen all? sujetos; en grado de ape
laci?n op?sose el Monasterio y, habiendo dado cuenta al Rey, desistieron
de lo intentado, por una sentencia que contra ellos di? el Rey D. Sancho
el Bravo, y as? hicieron una escritura de apartamiento en 1l de Diciem
bre 1272 a?os, y el de 1274 concedi? el Rey D. Alonso que no pagasen
servicio los vasallos de Monfero, en adelante (privilegio 16).
En 16 de Abril del a?o 1268 concedi? el Rey D. Alonso el
Sabio que no pagasen los yantares al Adelantado de Galicia (dada en
Xerez).
La Justicia de. Puentedeucne volvi? otra vez a querer que los va
sallos fuesen a justicia; quej?se el Abad de este Monasterio al Rey don
Sancho, el cual mand? que no fuesen all? sino .que al Merino que pone
el Abad o el Prior. Hay un traslado de este pergamino y una sentencia
ganada en juicio contradictorio a favor de este Monasterio, por el Rey
D. Sancho, en 4 de Julio 1291.
En 18 de Mayo de 1294 mand? el Rey D. Sancho que los vasallos
de este coto pagasen. al Abad los mani?azgos que a ?l le pagaban.
En 28 de Octubre del a?o de 1307 condena a los que pagasen la
colecta y yantares en este coto a los Adelantados de Galicia, si no es al
Abad o Prior del Monasterio.
En 4 de Julio de 13o9 'di? Privilegio real el Rey D. Alonso en que
concede que el Abad o Prior ponga Merino y Justicia en ' este coto,
como antes lo hac?an en tiempo del Rey D. Fernando, su padre, y se
g?n el Rey D. Sancho lo hab?a concedido en' 28 de Enero de 1232 y
confirm?ndole a?o de 1293.
En 8 Octubre de 1310 di? Privilegio ?l Rey por D. Pedro Ponce,
Adelantado, de Galicia para que en el coto no haya otra Justicia sino es
la que el Abad y convento pusiere, como el Rey D. Fernando lo hab?a
concedido en 4 de Julio de 1309.