?
ijolel?n de la Real ylcademia Gallega 125
, salen muchos caballeros de las Ordenes militares y colegiales mayores,
y que hoy viven algunos que son en tercero y quarto grado parientes
suyos, como son el Sr. D. Benito de Trelles y Villaamil," colegial que
fue del de Oviedo en ' Salamanca, Caballero del orden de Santiago,
Marques de Torralbo y oydor del Consejo de Italia y D. Diego de Na
via y Villaamil, colegial de Santa Cruz y oydor de, las Charcas en
Indias.?
Y termina el expediente de pruebas, con un atestado del infor
mante en que dice: ?Doy fee que vi y estuve en la casa de Villaamil,
que est? sita en el lugar de Villaamil, feligres?a de San Andr?s de
`' Serantes, la qual es muy antigua y de mucha nobleza, segun consta de
su f?brica, y tiene sus escudos de armas en que pinta una torre y un
estoque y una cruz y unas veneras; y me const? por papeles que tiene
que ay mas de quinientos anos que es fundada, y entre los que tiene
hall? un privilegio que lpor ser mili especial y honroso, traigo algunas ,
cl?usulas suyas en que muestra la calidad y nobleza de esta cas?.. El
privilegio fue concedido a los Sefiores de la misma por el Emperador
D. Alfonso (1), en el qual se contiene esta cl?usula:
?E viendo yo los muchos e leales servicios que vos Brme Yanez
de Villaamil e vuestros pasados todos como buenos fijosdalgo me ave
des fecho a mi e a los mios, allandose con vuestras personas y gente
en todas las guerras que a mi e a los mios se nos han ofrecido ?ns?
contra los moros nuestros comunes enemigos como contra otras perso
nas con quien hemos tenido e los nuestros abuelos tubieron debates e
en ellas se vos muri? un fijo e abedes gastado en el dho nuestro servi
, vio mucha de vuestra facienda a que non podemos socorrer: a causa de
los muchos menesteres en que estamos: Acordamos de vos facer mer
ced como por la presente vos la facemos en esta guisa: E mandamos
que ningun alcalde, jurado, juez, merino, alguacil e otra justicia de
qualquier estado e condicion que sean de qualesquier ciudades, villas
e logares de nuestros Reynos no siendo nuestro o por nuestro especial ,
mandado, ose prender ni prenda 'a bos.el dho Brme Yanez de Villaamil
e a vuestros fijos descendientes lexitimos naturales de qualquier estado
.o condici?n que sean e a los que de bos vinieren e descendieren para
siempre jamas por ningun caso fecho o pleito que les aconteza o por
qualquier delito no siendo contra nos: que nos ansi lo mandamos que
tuyendo por universales herederos a sus hijos Fernando Alvarez, Mar?a M?ndez, Urraca M?n
dez, Catalina Su?rez, Leonor D?az y Aldonza Gonz?lez.
(i) Y no por Alfonso VI, como equivocadamente dice el Licenciado Basanta, al rese
?ar el mismo privilegio en el expediente de pruebas de Cale y Castro, Francisco (V.)