BOLETIN
D M I,A "
REAL ACADEMIA GALLEGA
A?o XII Coru?a 1.? de Septiembre 1917 N?m. 121
SAN PAYO DE ANTEALTARES Y SUS PLEITOS
Las monjas del convento de San Payo de. AnteAltares, eran dui?as
desde tiempo inmemorial, del derecho de Patronato y mutualidad de las
vicarias de Santa Mar?a de Coba y San Esteban de Penapetada, anejas y.
filiales del priorato monasterial de Trives, con Villar de . Que?ja, y su
jurisdiccion espiritual y dem?s emolumentos y derechos; pero lleg? un
momento cr?tico en que los intereses y circunspecci?n del rey Felipe II se
vieron en ahogo peligroso y entonces surgi? la necesidad de recurrir a
medios excepcionales buscando en ellos una tabla de salvaci?n. Compro
metida la honorabilidad nacional, para subvenir a cuantiosos gastos . y
abonar deudas contra?das, se acudi? a la magnanimidad del Vicario de
Cristo. Varios pont?fices de la Santa Sede, y especialmente Julio II en su
Rescripto nobis meritis licet imparabus, despachado en las Calendas de Abril
de 1572, eximen a las posesiones ya repetidas, de toda clase de contribu
ciones eclesi?sticas y decimales como dependientes del real monasterio de
Sobrado de Trives, posesion?ndose de ellas, en este concepto, la abadesa
D.a In?s Garc?a, por medio de su representante Fernando de Enrada,
en I.? de Abril del a?o de 1506.
En este pleito aparece a favor del monasterio un documento autori
zado por el arcediano de Liniia, dignidad de la catedral `de Orense, y la
anejaci?n de una capilla al monasterio de Sobrado, en declaraci?n hecha
por el ejecutor comisionado en 23 de Septiembre de 1504.
Por virtud de dicho Breve, el rey ten?a poder y libre autoridad,
! licencia y facultad de vender, desmembrar y apartar perpetuamente
cualesquier lugares, villas, vasallos, jurisdicciones, fortalezas y otros he
red?mientos, con sus rentas, 'derechos y aprovechamientos pertenecientes
fs