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aora (1720) en dos a?os no pudo lograrlo: porqe el P.e Banjos auiendolo
solicitado en 11ladr.d en la Secret.a de Indias, no los hall?: y Trevino que
estarian a caso en Simancas, adonde se llevaron el a?o de 1710 los mas de
los Papeles que auia en la Corte. Valiose por esto ; el Pe R.or del Padre
Valladares, quien responde lo que se ver?. en sus Cartas, y se reduce a que
estando en Simancas vn Ministro de Madr.d cuydando de poner en orden
todos los Papeles, qe de alli vinieron y debiendo ser los vltimos los .de In
dias; no sera facil conseguir que antes de esto los quiera hazer buscar el
Archibero Ayala, no obstante que offrecio at P.e Valladares, y at Pe Va
lencia, poner todo cuydado en su busc?. ? '
A parte de estas gestiones practicarorr otras los religiosos que tu
vieron el mas lisonjero resultado. El P. Ralnos, Procurador General en
Madrid, consigui? una R. C. en la que S. M. mandaba que de la referi.
da area de tres Haves, en cualquier paraje donde se hallase, se manifes
tasen la confiscaci?n y embargo del ingenio y los dem?s papeles tocan"
tes ? esto: que los Contadores de la Real Hacienda del Potosi oertificasen
lo que hubieran percib?do el Rey y denl?s acreedores, de la renta de
? dicho ingenio, desde el afro de 1677 hasta el de 1720 (fecha de la Real
C?dula); que estando, como era de suponer lo estar?an, satisfechos los
acreedores y la Real. Hacienda de todo lo que les d?b?a Ignacio de
Azurza, se dejase libre el repetido ingenio y minas al Colegio de la
Corufia para qu percibiese su renta; y que si se hubiese cobrado m?s
de lo que importaban las deudas del Azurza, se restituyera al Colegio
el exceso. Esta R. C. tan sumamente favorable para los jesuitas, fu?
enviarla por primera via en la Flotai y su duplicado al P. Tomas Ro
dr?guez, Procurador general en el Potosi.
Y con esta noticia damos por terminado nuestro trabajo por no
haber podido encontrar m?s documentos referentes al asunto, que no
sabemos, por lo tanto, de un modo concreto, de que manera se resolvi?.
? Pero teniendo en cuenta que los edificios de la iglesia y colegio se cons
truyeron (? parte de las limosnas de varios devotos y de otros recursos)
con el importe de las rentas que los P. P. percib?an en Indias (1); y que
on los papeles de las propiedades de Lezo heredadas de la D.a Maria
Luisa de Iturayn (2) hablan? aqu?llos del ingenio corno de cosa propia,
(11 La primera piedra de estos edificios fu? colocada en 1693 por el Conde de Palma, Virrey de
Galicia. En 1.0 de Agosto de 1695 dieron principio las obras, que suspendidas diferentes veces de or
? den de las autoridades militares, no pudieron ser ultimadas hasta el ado 1754. Cuando Is expulsi?n
de los jesuitas, iglesia y colegio fueron entregados ? los frailes agustinos que los conservarou hasta la
extinci?n de las Ordenes mon?stieas. El primer() de dichos edificios h?tlase hoy convertido, como
todos sabemos, en iglesia parroquial de San Jorge, y el segundo, en Casa?Ayuntamieut?,
(2) La posesi?n de la fincabilidad de Lezo y de otras partes de Guip?zcoa cost() ? los jesuitas
un nuevo pleito qde tuvieron que sostener con Sor Clara de Iturayh, la cual, en nombre de su her
mano Gracian, a?seute en el Peru, reclamaba la casa de Arispe y otras cosas.
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