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treg? el ingenio y minas ? los Oficios Reales del Potosi. para que con
los productos de su administraci?n y arriendo pudiesen satisfacerse el
Rey y dem?s acreedores, entabl?ndose enseguida preito de acreedores ?
los bienes de Ignacio de Azurza ante aquellos Oficios, que dieron sen
tencia en 7 de Noviembre de 1662, sentencia que fu? apelada ? la Au
diencia, la cual, por otra ? dictada en 18 de Marzo de 1667, gradu? el
d?bito de los 116.301 pesos del Casanova, en tercer lugar a dichos
acreedores, dando un tanto de esto al poder habiente de Ana Maria de
G?rate, y declarando que lo que ten?an que haber los repetidos acree
dores de Azurza entrando el Miguel de Casanova con sus 116.301 pesos,
eran 146.820 pesos.
Para descargo de esta suma, fueron abonados, previa liquidaci?n,
lo embargado por el Presidente Nestares, el importe de los arriendos
hasta el arm 1658, 16.996 pesos que produjo el ingenio desde 1658 ?
1677 (1) y lo redituado desde este arm en adelante.`
I3ubo en este pleito, que prosigui?, curiosos incidentes de los que
haremos caso omiso, y solo afiadiremos que Ana Maria de G?rate des
pleg? gran actividad en defensa de sus derechos, habiendo obtenido de
D.' Mariana de Austria una R. C. en la que se mandaba fuese o?da y
se le hiciese justicia con . brevedad en lo tocante ? la sucesi?n de los
bienes de Ignacio de Azurza, d?ndosele relaci?n aut?ntica del estado en
que se hallaban el ingenio y minas. Pas? la R. C. ante Agustin Silva,
en Madrid`? 14 de Noviembre de 1673.
A la muerte de la Ana Maria quedaron por sus ?nicos herederos
sus hijos el Licdo. D. Martin de Iturayn, cura p?rroco de la villa de
Puentedeume y D.a Maria Luisa de Iturayn.` Esta sobrevivi? a D. Mar
t?n, ? quien hered?, y por el mucho afecto que ella y su hermano #en?an
? la Compafi?a de Jes?s, hizo testamento bajo cuya disposici?n muri?,
dejando por heredero de todos sus bienes, derechos y acciones, al Cole.'
gio establecido en la Ciudad de la Corufia.
* *
El testamento de D.a Maria Luisa de Iturayn hac?a duefios ? los
jesuitas no s?lo de la fortuna que perteneciera al Capit?n Azurza, sino
tambi?n de las extensas haciendas que por derivaci?n de sus mayores
posesian la; sobredicha y su hermano en la villa de Lezo, de donde am
bos eran naturalcs, y en otras partes de Guip?zcoa.
Pero aquellos P. P. no debieron al principio creer en serio en la Co.
(1) Seg?n las cuentas de los Administradores, euentas muy parecidas ? las del Gran Capit?n,