BOLETfN DE LA ACADLMIA' GALLEGA 231
exigi? lo siguiente : que ci P. Provincial mandase ?cho frailes con
el prior para residir en ''el mon,asterio,' que'? seis de ellos fuesen
sacerdotes, : que si se acordase elevar' la renta se aumentasen los
religiosos en la misma proporci?n, que'se dijesentreas misas can
tadas con su responso cada semana en los Elias que el conde'`y'
el prior`fijasen, que los religiosos tuviesen cuidado de rogar 'a Dios
por el donante y de decir responsos todas las woes' ? que celebrasen
misa y que la capilla mayor que se hiciese en el monasterio no la
pudieran ceder ni enterrar en ella, salvo a quienes`elconde o sus
herederos recomendasen. Puso por condici?n tambi?n que los
legados y obras p?.as; que las personas piadosas mandasen al con=
venta s?lo se invirtiesen en;elmismo 'y en la sustent?ci?n,de.los
religiosos. Todo ello fu? ,aceptado;por el delegado del P. Provincial,
y dicho delegado, Fray Pedro de Saleedo, firma la escritura junta
mente con ; D. Fernando die Andrade, estando; por testigos; ?pero
mendez de sotomayor y el ligendo. zamora medico e graviel de
santa marina?.
La autoridad eclesi?stica, a requerimiento de D. Fernando de
Andrade, .autoriz? .:la referida fundaci?n en 5 de Diciembre del
citado ;a? 1538. La autorizaci?n est? . expedida por el licenciado
Pero G?mez de Salazar, cardenal y provisor en la Santa Iglesia,
ciudad y arzobispado de Santiago, a nombre del Iltmo. Sr. "D. Pe
dro Sarmiento, cardenal de la Santa Iglesia de Roma, arzobispo de
Santiago y .capell?n mayor de SS. MM. y su? notario mayor en
el reino'de Le?n.
?Despu?s de obtenida la anterior licencia ?relata Vaamonde
Lores en 28 de Marzo de 1540 se otorg? la escritura de dotaci?n
del convento, por la cual, y para sostenimiento del mismo, en
lugar de los 30.000 maravedis de juro estipulados en la fundaci?n.
Don Fernando de Andrade cede a los religiosos los beneficios
sincura de Santa Maria de Centro?a, San Martin do Porto y
San Pedro de Villhr, que le pertenecian por gracia que de ellos
ic hiciera el pontifi?e' Le?n X; y como los referidos beneficios
estaban comprendidos en el mayorazgo que fund? a 1.g de
Febrero de ` 1515, ante Diego Montoto y Martin Salgado, escribanos
de la Coruf?a a favor de su hija Do?a Teresa, para casarla con
Don Fernando Ruiz de Castro, marqu?s de Sarria, temiendo q?e
su sucesor no hab?a de pasar por dicha dotaci?n, a pesar de tener
Don Fernando de Andrade bulas de S. S. y facultad real conce
dida por Dofia Juana en Le?n. a 9 de Diciembre de 1514 para