BOLETIN DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA ? 225
el registro o protocolo, sin la firma de una de las partes, carec?a
de valor, legal. Desde enero hasta octubre debi? de haber mu
chos dimes y diretes entre el gremio y don Felipe. Este se
mantuvo firme en su negativa, y el gremio pens? en actuar
judicialmente contra un hombre al cual tanto deb?a, pero que,
en la caducidad de sus a?os, algo fallaba en ?l. Era cosa triste.
Para proceder judicialmente ten?a el gremio de mar que atar
bien sus cabos, y resolvi? consultar el asunto con un abogado
asesor. Este asesor fue el abogado de Noya, don Francisco Laje
y Cam?n. ?Cu?les fueron los medios adoptables qu? aconsej? el
abogado? Ve?moslos.
Cree don Francisco Laje que don Felipe Fernandez Hervilla
no puede invocar en su favor ninguna excepci?n de fuero, como
ni tampoco oponerse a la acci?n de la justicia ordinaria. En su
consecuencia, el apoderado del gremio podr?, mediante pedi
mento, acudir a la Justicia, bien contra el escribano Cernadas
para obligarle a presentar el mencionado papel firmado por don
Felipe, bien contra ?ste ?para que jure y declare si es cierto el
relacionado ajuste [de cuentas], entrega de dinero, y contr?to?.
El asesor estima que este medio es el mejor y m?s conveniente.
Si don Felipe confiesa ser cierto todo esto, debe d?rsele testi
monio de su confesi?n, de la petici?n y del auto que se provea.
Si niega, ha de recib?rsele informaci?n, en la que podr? ser
testigo el escribano Cernadas y los que lo fueron del contrato,
siempre que no pertenezcan al gremio. En este segundo caso,
en manera alguna ha de presentarse el certificado o testimonio
del escribano, pues ?ahora, y despu?s de tanto tiempo, no jus
tifica, y es de muy poca importancia?; pero s? valdr? mucho,
?y tanto que constituir? semiplena probanza, su declaraci?n
dada como testigo, que presenci?, no en forma p?blica, sino en
particular y privada, el motivado ajuste de cuentas y entrega de
su alcance, con todo lo dem?s deducido en el expresado contra
to y convenci?n?.
?C?mo acab? este asunto? ?Se avinieron las partes? ?Acudi?
el gremio a los tribunales? ?Falleci? antes don Felipe? A nin
guna de estas preguntas podemos contestar, pues nuestros do
cumentos no dan m?s de s?. En cuanto a la consulta al abogado
Laje y su respuesta puede verla el lector en el documento cuarto
de los ap?ndices.