4 jolel?n de la Real cademia Galleg?
dicho scripuano fixo et hord?no et otorgo al tiempo de s? finam?nto,
yo el dicho scripuano mostr? et present? ante! dicho alcalde, el tenor
del qual es este que se sigue:
In d?y nomine amen. Sepan quantos este publico instorm?nto de
testamernto vieren, commo yo Pedro de lago, fijo de Juan Fernandes
de lago, vesino e morador que sooi en Val de santa Maria la mayor,
que es enel obispado de Mondonedo, otorgo e conosco que fago et
hordeno et establesco esta carta de my testamento, en que mostro my
postremera volontad, estando enfermo del cuerpo dela dolen?ia que.
my sennor dios me quiso dar, e sano de la volontad, en mi seso e
entendemento, qual dios me llo quiso dar, e criendo firmemente en la
santa Trenidat, padre et fijo e espiritu santo, vna ?sen?ia devjnal e
temyendome de la muerte, que es cosa natural, que criatura del mundo
non puede escapar, e:pid? por mer?ee aria vergeen santa Maria con
toda la corte ?elistial que seap rogadores a djos por my any ma, que
me quiera perdonar los mys pecados.
Primeramente mando que sy de my acaes?iere finamento, que me
entierren en la iglesia de sant Pedro desta villa de s?ntolalla, et est?
ende enterrado fasta que la my came sea gastada, e asy gastada la my
carne mando que los mjs huesos que los lieven al convento'del mones
terio de san fran?isco de la crunna, e los lieve el dicho convento a su
custa e myson, e mando que den al dicho [monesterio (1) .1
de lo que dicho es el my coto e sennorio de Val [de santa Maria d?n I
dolle mas la my parte de la asena de monelos, de que han las otras
partes los dichos frayles; e otrosy mpndo mas al dicho convent? las
mys casas e vjnnas e herdades et chantados en la fregesia de Santiago
de Seglaes; et mando que los dichos fraylies del dicho convento qu
me digan, el dia del cuerpo de dios, tres mjsas en cada huun anno en
la capilla que fiso teresa oanes enel dicho moncsterio. Qtrosy por
rason que yo teny?cargo de Ile dar al dicho monesterio cada anno
vna pitan?a, que yo que sea quito della por los bienes que mando al
dicho monesterio. E mando a my fija elvira, que yo ove en Maria de
rromalde, a santa clara de la ?idade de Santiago, para que sea monja,
et mandolle con la dicha mo?a e para ella todas las vynnas que yo he
e me pertene?en aver en el coto dela crunna, saluo las que mando al
dicho convento; e mando e Togo at dicho convento de santa Clara que
luego tome et re?eba ala dicha elvjra, mi fija, e a los dichos bienes que
yo Ile asi mando.
(1) Donde van puntos suspensiros est? roto el prgamino.