BOLET?N DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA 113
de pagar Diezmos, se suscitaron muchos Pleitos por los Curas
Seculares que administraban las Granxas del Monasterio, espe
cialmente los de Cedeiro (84) por los Curas de Cedeiro; Monto
jo (85) y Lavacengos (86); las de Oira (87) y Viso (88) por el Abad
y Beneficiado de Cudeiro (89), las de Tojo (90) y Espasante (91)
por el Cura del Salto (99), en los que hubo muchas alternatives
y gastos sin poderse finalizar en este Cuatrienio gastando en
estos asuntos 62.958 reales y 2 maraved?s. En este tiempo se
suscit? en el Reino de Francia una furiosa Revoluci?n y ame
nazando nuestro Reino fu? necesario que el. Govierno tomase
todas las medidas para evitar los da?os que pod?an seguirse, por
cuya raz?n acudi? a los Monasterios para que por medio de
Empr?stitos y donativos se socorriese la necesidad del Estado,
en cuya virtud este Monasterio ofreci? por v?a de Empr?stito
25 arrobas de Plata de la Sacrist?a, valuada en 187.134 reales
con 20 maraved?s, y por v?a de donativo la Cantidad de 300.000
reales en met?lico?.
FR. CASIMIRO ESTEBANEZ (1799)
? En el Cap?tulo General celevrado el a?o de 1799 fu? electo
General Reformador N. Rmo. P. M. Dn. Fr. Fernando S?nchez,.
hijo del Monasterio de San Clodio, y Abad de este Monasterio el
P. P. Dn. Fr. Casimiro Est?vanez natural de Villamayor de Cam
pos (8), Obispado de Le?n. Di? once H?vitos de Coro, un Orga
nista, un Cantor, tres Legos y un donado. Se hizo el Templete
del Altar Mayor, el Cascar?n, Seis candeleros y una Cruz de
(84) Cedeira? Cfr. sup. n?m. 28.
(ss) San Juli?n de Montoxo, o San Rom?n de Montoxo, parrs. en el
ay. de Cedeira, p. j. de Ortigueira, prov. de La Coruna. M. t. XI, 562
b563; C. A. t. II, 7235.
(86) Santa Maria de Labacengos, parr. del ay. de Moeche, p. j. de
El Ferrol, prov. de La Coru?a. M. t. X, 7 ab.; C. A. t. II, 3167.
(ss) Lug. en la parr. de S. Pedro de Cudeiro. M. t. XII, 220 b.; Cfr.
sup. n?m. 395.
(se) Lug.de la parr. de San Pedro de Cudeiro, ay. de Canedo, p. j..
y prov. Orense. Cfr. sup. n?m. 395 y M. R. 307. y 309.
(Do) Cfr. sup. n?m. 395.
(si) Cfr. sup. n?m. 160.
(92) Cfr. sup. n?m. 159.
S93) Cfr. sup. n?m. 65.