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304 ljolet n de la Real >lcademia Gallega .
transmit?an por herencia los derechos que ten?an sobre estos monasterios, ?
cuando no se compraban y adquir?an como una propiedad cualquiera (r),
pr?ctica seguida, por lo menos en Galicia, hasta los ?ltimos a?os del si
glo xii (2). Pues bien, en los templos de estos monasterios se enterraban,
claro est?, sus fundadores y descendientes, como era l?gico , y consta,
adem?s, por multitud de documentos de aquellos tiempos, lo que se hac?a
casi siempre en el suelo, que es donde ahora suelen encontrarse los se
pulcros con sus l?pidas correspondientes (3), ya que por entonces, sin
duda por la modestia de
muchos de los edificios . .
no se hab?a generalizado
a?n la costumbre d e
abrir sepulturas en los
muros de los templos,
como m?s tarde se hizo,
Sarc?fago del atrio de San Tirso de O seiro deposit?ndose a lo
sumo, los sartegos, en
unas columnillas, como el interesante de Fern?n P?rez de Onces,
siglo xiii (4) o en unos simples soportes m?s o menos esculpidos, que
en siglos posteriores convi?rtense en animales, a veces her?ldicos o sim
b?licos, como ocurre en el del c?lebre caballero Fern?n P?rez de Andra
de, en San Francisco de Betanzos, (siglo xrv).
La humildad, sino pobreza, con que se fundaban no solo muchos de
estos monasterios sino hasta algunos de los templos regidos por presb?te
ros, era causa, muchas veces, de que al poco tiempo quedasen yermos y
(1) La ya citada versi?n gallega del Calixtino refiri?ndose a los menciona
dos herederos del monasterio de Carboeiro dice ?et d' estes era ende huun [o]
padre d' este Pero Alfonso e conprou aos outros erdeiros toda a sua parte e tiroa
do poder dos leigos?. (L?pezAydillo, obra y p?gina citadas).
(2) Aunque el can?n II del Concilio de Coyanza (Valencia de Don Juan),
reunido por Fernando I en 1050, ordenaba que todos los abades y abadesas, mon
jes y monjas se rigiesen por la Regla de San Benito y que todos, con sus monas
terios, se sujetasen a los Obispos, hasta que D. Pedro Su?rez, Arzobispo de San
tiago de Compostela, resolvi? en 1182 que ni el parentesco ni la sangre eran
t?tulos para reclamar m?s derechos sobre los monasterios de herederos que el de
sepultura, los descendientes de los fundadores segu?an gobern?ndolos y rigi?n
dolos a su antojo, nombrando, incluso, sus abades y abadesas que a partir de esa
fecha fueron elegidos por sus respectivas comunidades.
(3) Aun no ha mucho que aparecieron en la iglesia de Leiro, a orillas del
Ulla, unas l?pidas de los siglos x y x[, y por los pavimentos de muchas antiguas
iglesias pueden verse infinidad de ellas pertenecientes a los siglos medioevales.
(4) Que publiqu?, con un dibujo, en el n?mero 9 de este BOLET?N. ?