Bolet?n de la Real ?kcademia Gallega 211
? dellos de suso nonbrados mas que en tal caso se pase al seguiente
? grado que fuere llamado del dho mayorazgo o mejora.
? Otro si con condicion que el dho mayorazgo e: bienes de la me
? jora de tercio e quinto no se pueda prescriuir por tienpo alguno
? luengo ni longuishno aunque sea ynmemorial. Otro si con condicion
? que si los dhos bienes del dho mayorazgo o mejora de tercio e quinto
? fueren enajenados del fecho del que los tubiere e poseyere que el
?tal enajenara.? sea en si mismo ninguno e de ningun valor efeto y
? en la persona en quien ansi fueren enajenados no se puedan traspa
? sar ni traspasen el sefiorio de posesion ni detentacion ni dro alguno
? de los dhos bienes.
? Otro si con condicion quel dho fernan ps. ni la persona se
? guiente en grado que subcediere en el dicho mayorazgo o mejor?a no
? pueda sacar ni deducir ni deduzca parte alguna de dhos bienes que
? sienpre queden y esten en pie.
?Iten quiero y es mi voluntad e pongo e nonbro en el dho mayo
? razgo que ansi constituyo en fernan ps. de parraga quiero e me Place
? que despues de mis dias eI dho fernan ps. m? hijo mayor subceda en
? el dho mayorazgo e mejora e sus descendientes despues de mi fales
? cin.? con los vicu/os y submisiones que adelante seran contenidas e?
? declarados e de suso van espresados.
?Iten que despues de mi falescim.? el dho fernan ps. herede e
tenga e posea los dhos bienes e mayorazgo e mejora de tercio e
? quinto como bienes de mayorazgo o mejora para que los pueda des
? frutar tan solamente por todos los dios de su bida sin que en el uso
herni? fruto de los dhos bienes sea obligado a dar pte a los otros sus
a?nos ni a otra persona alguna el ni sus descendientes que despues de
? sus dias subcedieren en ?l dho mayorazgo o mejora sino quesieren e
? por el dho usufruto se ayan de sustentar el e los dhos sus deseen
? dientes que despues del subcedieren en el dho mayorazgo o mejora.
C?SAR V A AMONDE Lotus.
(Continuar?.)