$olelin de la 1 eal Academia. Gallega 49
de algunos de ellos; en el d?a est?n reducidos los arcos a 49, pon
hater cegado uno de resultas de la avenida quo le destruy?. La
segunda parte, que es de 705 pies, carece de tajamares y s?lo tiene
8 arcos peque?os; hab?a antes muchos m?s, pero se han ido ce
gando, porque amenazaban ru?na y " faltaban medios de repa
rarlos (1)
? Saliendo'de la villa tiene el puente 24 pies de altura, la cual
va disminuyendo seg?n se eleva el'terreno,:pues en el Ultimo arco
de tajamar tiene 14, y en el extremo, donde hay un crucero, solo
tiene 9.
? Su ancho es de 12 pies, inclusos dos de los antepechos, y ade
m?s relievan los tajamares seis y medio cada uno:
?Est? fundado el ' puente en una calzada de mamposter?a,
hecha a piedra perdida, cuyo espesor, en parte, es de 14 pies y el
ancho de m?s de 50; pero cuando est? baja la marea queda en
seco la primera hilada de la canter?a de los pilares y mucha parte
de la calzada:
a La direcci?n del puente es en t?nea 'recta' hacia e1 NO., por
espacio de unas 700 var?s, contando desde la villa, y alli hace un
(1) En unas viejas ordenanzas de Puentedeume del afo 1622, exis
ientes en el archly() m?nicipal, hay una relativa al puente, per la que
? consta que tenia entonces setenta y echo arcos. Reproducimos, por ser
muy curiosa, la ordenanza en cuesti?n, la cual dice: aPrimeramte' que
? per quanto en la dieha ua ay un gran brazo de mar para pasar y en el
? una de las mas insignes puentes de canteria de toda hespa?a que te se
? tenta 'y ocho harcos muy hespaciosos y en medio della un hospital de
?mucha consideracion y hes transito y pasaje de grandissimo concurso
?de gente de apie y de acaballo y Requas que concurren de todo este
?rreyno y de castilla portug?l y otras panes que traxinan en los puertos
?de la mar y si se cayese o arruynase no ay posibilidad en todo el dho
?rreyno de ga pa poderse rredificar y pereceria la dha v.a y rresultarian
?otros muchos ynconbenientes y usando de dha costumbre ynmemorial
?la justa y rregimiento de la dha via hordenaron y mandaron que ninga
? Persona sea ossada de passar per la dha puente con carros ni rrastros
cargados ni bacios sino fuere los carros bueltos al rrebes con las rruedas
?encima arrastrando sin otra carga ni peso alguno y que ansimismo
? ninge Perssona sea ossada de sacar ni desarraygar el marisco que est,?
? pegado debajo de la puente y cimientos della ni al derredor porque no
? se mueban las piedras y se causse en ellas algun da?o so pena de tres
?mill mrs y perdimiento de los carros rrastros y bueyes y de lo mas que
? llebasen aplicado todo ello por quartas partes Camara de su Exa el ssQr
?conde de lemos y de andrade cuya hes la dha via y estados juez y de
? nunciador y obras publicas de la dha via a.