268 BOLET?N DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA
temas de'centralizaci?n que desde' principios del siglo XVI todo
lohab?a:arrollado, y que despu?s de haber?dad?'ya sus fruL
tos, ,no serv?a m?s que para poner lew manos (le' los hijos
privilegiados a nativitate de los conventos. de; San' Esteban
de Salamanca:y: San Pablo de Valladolid, y de algunos:dtros
muy contad?s,, de Castilla principalmente, ,los" grados a?ad?
micos; los cargos honor?ficos y hasta el gobierno' de la mis
ma Provincia. Fruto' :ben?fico de este ; cambio? tradical ; que
ven?a a'; rectificar errores y' a reparar injusticias; fu? la:im
plantaci?n en breve plazo de .nuevas'Casas, 'de Estudios en'
tre las, cuales podemos contar los 'convent?s de:Corti?a''y
de Lugo. H,..
No podernos determinar: a. punto : fijo' 'la fecha ~qt e
este ?ltimo pudolograr la restauraci?n de sus, antiguos Es
tudios, que sin " duda le 'fu? otorgada directamente ,Porel
maestro general de,.la' Orden'' Rvmo.:'Tom?s de' B?xadors,
poco despu?s del a?o 1756 y desde luego, antes: del '1765:.:La
Provincia de Espa?a, ajena a los intereses m?s vitales de 'los
conventos gallegos por punto general, no 'debi? ;de tener '; in
tervenci?n alguna en la concesi?n de esta gra?ia debida de
justicia, porque no se . halla menci?n: de ella en las Actas
capitulares de la ?poca
Antes de' ser declarado :est? convento Casa; d?'+Estudios
poro segunda vez, ya contaba con tina' 'c?tedra p?blica de Mo
ral, desde el a?o 1621. En' agosto de 1765 sal?a,de' Coru?a
para Lugo con el cargo de maestro de Estudiantes el padre
lector Rivera. Un a?o despu?s exist?a por lo menos en este
convento una c?tedra de Teolog?a dogm?tica, y en 1776 ha
llamos nombrado regente de Estudios a Fr. Gabriel Gar
c?a Gallo por el Definitorio del, cap?tulo provincial celebrado
en el convento' de Toro, hecho demostrativo de 'que los es
dios all? establecidos abarcaban varias facultades. En 1774
lo' fu? el P. Juli?n Vilidans y en 1790.0 P.`Fernand?'Ara? jo.
En el' a?o '1792 solicit?base del general d?la Orden 'a petici?n
.
tulo provincial de Ben?vente, la concesi?n` de 'l?s Privilegios
y derechos de los Estudios generales para los de Lugo y La
Coru?a. En 1820 nos consta que .se cursaban. Artes y Teolo
g?a, y ,si se llevaran a efecto las reformas proyectadas, acerca
de la reducci?n de Casas de Estudios y de Noviciado en toda