BOLET?N DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA 305
obligaciones y testamentos, para que desde ni?os no se aficionasen a ser
pleitistas, ymand? que se les ense?ase la Doctrina cristiana y que sus
padres les comprasen libros de devoci?n (3).
Estas escuelas no funcionaban de modo continuo, sino que, termina
do el contrato con el maestro, o por cualquiera otra causa,. se suspen
d?an. El Ayuntamiento de Puentedeume, en 29 de octubre de 1629,
aparece procurando el establecimiento de una escuela de ni?os en virtud
l del siguiente interesante acuerdo:
? Por quanto en esta dha via, segun es nota, siendo como es caveza
del estado de Andrade, lugar de mucha vezindad y donde ai tantas per
sonas nobles y d? ymportancia, y de otras partes que son notorias, y
que la falta de maeso de ni?os, desde 'muchos a?os a esta parte, no a
tenido ni tiene el qe cor?biene pa el buen enseno y doctrinas de los hijos
de los tales vezinos y de su contorno, por no ?saver vien leer ni escrivir
ni reglas de quenta ni otra capacidad ni demostracion, y qe los qe a
abido les hansacado .mui siniestros de' todo buen ense?o; como lo an
?sperimentado, .en notable da?o de la rep?blica y en total perdicion de
sus hijos; de que se siguen los yncombinientes qe se dejan considerar,
para cuyo remedio, abiendose dado nota al ayuntamiento que en la juris
dicion de Moeche avia persona b.enemerita y de las partes ne?esarias
para el dho oficio de tal maeso de ni?os, que se llama Franca Lopez, le
avian ordenado pare?iese ante sus mrs., y aviendo visto y examinado el
modo de leer y escrivir, ordenaron qe por un a?o entero se le den qua
tro mill mrs de salario sobre los propios desta dha villa, atento la
dha falta y la que ai de mantenimientos y baleren las cosas a tan
subidos precios, y que deste asiento se le haga tit? y nombramia por el
dho a?o y lo mas u menos que fuere la voluntad de sus mrs.,"consin
tiendo el dho Franco Lopez asistir com punttialidad y ense?ar los ni?os,
con la misma asi de leer y escrivir con horden y proporcion y de contar
y la doctrina christiana y' buenos respetos, q? aciendolo ansi de parte de
la via se le asegura toda buena comodidad y gratificaci?n de lo bien
que lo hiciere y se procurara todo su aumento por el mucho que com
biene a su republica. b
Por donaci?n del licenciado Meira, cura rector que hab?a sido de la
villa, pose?a ?sta una casa denominada da Roda, ? con su alto, su sobra
do, aposentos y bodega ?, destinada a vivir el maestro de ni?os y tener
all? escuela. El procurador general D. Antonio de Saavedra vi?se en la
necesidad de acudir a la autoridad competente para que dicha casa fuese
, (8) Notas viejas galicianas, por Pablo P?rez Costanti, t. I, p?g. 386.
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