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LA CASA CORU?ESA DE LA VEEDUR?A
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sin poder reservar siquiera una en que atender con el desem
barazo que conviene a la regularidad del preciso despacho,
como es notorio.
Y debiendo inferir que esta Real Resoluci?n recae sobre in
! forme que se hubiese hecho a V. E. de haberse destinado la
mencionada Casa de la Veedur?a privativamente para los In
tendentes, y hallarse estos en posesi?n de su observancia, debo
exponer a V. E. que todos los Intendentes de este Reino habi
taron en casas particulares, y no en la expresada, que como
propia del Rey la ocuparon mucho tiempo los Tenientes Gene
rales don Antonio de Z??iga y don Joseph, su hermano, hasta
la muerte del primero, y sucesivame