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l~ol?tfa de:l . ilc?delnia Gall?ga b
la Renta..del?.alcavaladel vino delacibd?dde la;c?ru??'salvados'en
"la dicha.Renta: pop 'carta de' previllejo'del se?or Rey :don 'juannuestro .
?padre e conflrmada por >elh se?or Rey don enrriqu?=n?estro'h?rn??rio
?que',santa gloria ayan ep?r. nos'? que como quier'que'por virtud"de
?la`dicha'Renunciacion''que la 'dicha d?fiatheresa`le fizo'd? losdichos
?mar?vedis`..vos pideydemand? le deys'eiibreys nuestra c?rta depre=
? avillejo dellos?a vos' ha dado e entregado' las dichas cartas de confirlria=
? ciones. para : las Resgar . ? las : aveys .Resgadd dis quo asy mismo le
.
ijuan nuestro padre que de los dichos maravedis tenia para la>'Resgar
?e'que de `otra.m?nerano lequereys librar ?l dicho nu?str? previl?gio
I ?la' qua! dicha carte: de previl?gio original del' diche se?or Rey den
, ?juan,dis que no se:puede aver ni ay della memoria asy`por'ser ya?
?defunta,la dichado?a theresa$su: inadre qu? le R?nunci? l?s`dichos
?maravedis 'como porque es perdida muchosti?inpos ha e'`c?rcadello
'nos, suplico 'le proveyesemos' de Rem?di?''?om? la' `nt ?stra' Merced
?fueselpor'ende ,nos Nos `Inandamos que ?Rescibiendo jurament? 'de' la
?part? de l?`dicha do?a maria'quo la dichaearta de previlegio`del dicho
,Rey don juafi es perdida e no se puede ' aver Ili sab? dell"a'e' q?e si en
?algund rtiempo la fallare e ,pudiere aver 'uos la traera e entreg?r= a .
, La jurisdici?n ten?a sus pesas y medidas propias. El fenado, tanto.el de ?ridos como el
de superficie, era . mayor que el de Betanzos. A?n hoy se cobran y se pagan en las Mari?as ?
inuchas rent?s f?r?les medidas'por'e?'ferrado de 1lfitaflores.
? ' Eri una Real Cart? ejecutori? de'nobl?z? ? hidalgu?? dada por Carlos IV al' mencionado
D. Vicente Malvido, vecino de la parroq?ia de S?n Juan de Lubre, el a?o 5766, h?llanse muchas
curiosas noticias pertenecientes a l?, jurisdici?n de .Miraflores., De ellas.entresa?amos la que
' .est? a la p?g,'i 58 pors?ri? m?s interesante. Refi?rese a lo que los vecinos plebey?s.de la ex
pres?da p?rroq?ia`pagaban en aq??lla fecha, c?mo'suces?res`de'l?s Mari?as; ? los C?ndes' de
j quias de la jur?sd?ci?n,y dice: ;Rque la presentacion de dinho venefizio de San Juan de Luhre, Lemos pqr raz?nde vasallaje47yes de, suponer que.lo mismo pagarian los de las dem?s,parro
?es insolid?m`de'S.E. el dicho s'e??r Conde de Lemos, y Andrade, que lo presenta en todas
?sirs?B?cantes, y'por P?tr??at? y'Senor??'lleva l?'metad'ent?ramente de Diez osde todoslos
?frutos, que se cojen en el termino de dicha feligresia,'yla otra mitad la lleva el: Cura,`y.c?da
?vecino rico, paga, y debe pagar a S. E. un servicio entero, que sontres reales, y dos Gallinas,
?y los de menos caudal, la metad de lo referido; L?s viudas ricas, pagan dos Gallinas, y las que
?no lo son, pagan una, las quales Gallinas,se pagan en pl?m?, a voluntad de los Mayordomos de
?S. E. y quando no las paguen en pluma, contribuien por cada una, real y medio''de vellon, y
?cogi?ndose los frutos de la sin cura de esta Feligres?a de Oleiros; por parte de S. E. y no por
?mano de rendatarios, las viudas de dicha Feligresia de Lubre deben concurrir a limpiar'el pan
? ide ella, dand?seleslas;traseras,y dichos vecinos de majarlo, dandoles de corner, y vever, y
?n?uriendose, algun vecino cabo de casa, percive S. E. pot ' lutuosa, l? mexor alaxa de quatro
?pies, que dejare, y,todos dichos vecinos, tienen, obligacion de acompa?ar S. E con sus perso
?nas, y Armas, y en su nombre a los Juec?s de esta Xurisdicion, puestos tambien por S, F. "ylos
?Se?ores sus antecesores...? etc.
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