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ri? ' joletin de la 'Real Academia Gallega
y estar y pasar por ella, pena de las costas y menos cabos que por ellas
se causaran a que suxetan los mas Bienes que ayan quedado de dicho
difunto y cada parte para cumplimiento de lo que toca dijeron que
dauan y dieron todo su poder cumplido a las Justicias de su Magd. de
su fuero y jurisdicion que se someten y mas de la causa conforme a
derecho deban conocer y que ansi se lo agan cumplir como si fuera
sentencia definitiva de Juez competente pasada en cosa juzgada y re
nunciaron a todos Leys fueros y derechos de su favor con la general y
derechos de ella en forma y de mas dhos. Thesorero y Canonigos aqu?
valorados, Renunciaron al Capitulo y oduardus suan depenis de solus
suonibus, Licencia mayor y menor de su perlado y mas que de dhas.
devan Renunciar de las q.e se apartaron para no usar dellas y en Ra?on
dello todas las dhas. Partes ansi las otorgaron y dijiron ante mi SSno.
testigos y firmaron de sus nombres, siendo presentes Antonio Thom?
= Antonio Cerrano maestro de obra prima; J. Juan bodelo vecinos
desta dha. ciud. de la Cor.a y yo SSno. q.e de ello doi fe conosco a
todas partes.
Libr?se copia de la anterior escritura por el propio notario Alberto
Gonz?lez en 5 de Abril de 1677.
Habiendo fallecido en el a?o de 1693 el D. Antonio Fern?ndez
Valenoso, dej? una manda de cien ducados para que se dijesen ?a per
petuidad tres misas rezadas y una cantada en la Congregaci?n de Todos
los Santos de la ciudad de la Coru?a que se hab?an de celebrar el d?a
de Nuestra Se?ora de los Dolores, su v?spera o al siguiente d?a en la
Iglesia de San Nicolas.
Fueron cumplidores y testamentarios el capit?n D. Antonio das
Seijas y Aldado, castellano, vecino de la Coru?a, y D. Antonio Gomez`
de Matos, de la misma vecindad, actuando como testigos D. Domingo
de la Cerda y D. Francisco da Fraga, cl?rigos, cofrades y hermanos
de la propia Congregaci?n.
Di? fe p?blica en 10 de Diciembre de 1693, el escribano D. Mar
t?n de Niebla.
F. TETTAMANCY.
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