joleitn de la Real "tcademia Gallega 169
La Junta Central, no podia perdon?r el que las Juntas de los anti
guos reinos hubieran gozado de una libertad que permit?a desacatar sus
?rdenes y censurarlas cuando eran perjudiciales y, si mientras fu? nece
sario transigi? con esa libertad, presto fu? recabando para ella sola deter
.
Asi puede decir muy bien nuestro historiador. ?Se acercaban (para
?la Junta) sus ?ltimos d?as:"desconocida su importancia,?olvidados'sus
?servicios, agregamos nosotros: mermadas sus atribuciones, ya no guar
?daba m?s que una vana apariencia del poder, de tal modo que cuando
?volvi? a reunirse, y. para hacer frente a las necesidades del momento, ,
?gobernar bajo el npmbre de Junta Suprema provincial del Reino de Galicia,
?no fu? sin contradicci?n y sin disgustos, a pesar de lo apremiante de
alascircunstancias y de los peligros que corr?an sus nombres. En lo ?nico
?que no andaba avaro el poder central con ella, era en la cuesti?n de
?honores. D?bale el t?tul? de Muy Leal y Muy Noble Reino de Galicia,
?y m?s tarde, y en sus postrimer?as, el de Alteza Seren?sima. (t)
?Tenia guardia; formaban las tropas y abat?an banderas a su paso;
?los virreyes no escaseaban atenciones y cumplidos; pero cuando no ha
?c?an, y pronto, lo que se les ped?a, se arrestaba y multaba a los procu
?radores, en tanto no cedian. ?Qu? diferencia de aquellos otros tiempos
?en que cuando el Gobernador, sentido de alguna determinaci?n, acor
daba no aprobar lo hecho por la Junta y acud?a en queja al rey, oponia
?aqu?lla las dificultades que le parec?a y mandaba a la Corte, para su
?defensa, comisionados a los cuales daba sus instrucciones por escrito y
?no les era permitido faltar a ellas.? (2).
ibertad y beneficios que el resto de Espa?a, fu? causa de que en nuestra regi?n se diese hos
pitalidad franca y espont?nea a las famitias errantes o fugitivas y gran n?mero de Asturias,
Castilla, Vascongadas, Cataluna y otras regiones, vinieron a residir entre nosotros, fijando
definitivamente su estancia en el pals. Asi se explica que la Coruna y otras ciudades gallegas,
aumentasen en poblaci?n yhubiese en ellas una activisima vida pol?tica y comercial. La Coruna,
especialmente desde 18o6 a 1813, duplic? el n?mero de sus habitantes y al puerto coru??s
afluy? el comercio y la industria, siendo extraordinario el negocio que se verificaba con Am?.
rica. Asi tanto influy? Galicia durante ese tiempo en la marcha de la politica espa?ola. Son
curiosas: la disposici?n de la Diputaci?n provincial de 3o de Marzo de 1814, pasada at Secreta
rio de Estado, haci?ndole ver la necesidad de disponer de m?s lugares p?blicos para las tran
sacciones de art?culos de primera necesidad, dado el gran crecimiento de la poblaci?n de la
Coruna y la proclama del Comandante general interino de la provincia de 3o de Noviembre
de 1812, estimulando a los gallegos a seguir dando buena acogida a las familias que venian a
refugiarse en Galicia.
(s) Se titul? primero Junta Suprema del Seren?simo Reino de Galicia, la reunida en
1809: la instalada igualmente en la Coruna en rho y en sus postrimerias en Santiago, se llam?
Junta Superior de subsidios, armamentos ydefensa del Reino de Galicia. La primera, tuvo tra
tamiento de Alteza: la segunda, de Excelencia.
(2) MuRQufA; Galicia, p?gina 3o3.?Barcelona, 1886, .