166 jolet?n de la Real ylcademia Gallega
?as? labrada como acu?ada, moneda de vell?n, prendas, colgaduras,'
?escritorios, sillas, ropa as? blanca como de camas, y m?s bienes que
?tengo y tuviere; reservando el fundador en ellos otra cualesquiera
?Obrap?a, si llegare ? tiempo de poder hacerlo y Dios me diere vida
?para ello; y si para la decencia de mi casa, por la de la Sagrada dig
?nidad que hay en mi, por el mal uso de ella, desperdicios de la Divina
?Magestad, tuviere en mi poder alhajas algunas de plata labrada, oro, ?
?camas, ropa blanca, ? otra cosa de que necesite para el servicio de
?mi casa y estado; es declaraci?n que s?lo en mi reservo el uso de ella,
?no la propiedad que ha de servir todo ello para la paga y satisfacci?n
?de lo referido y hacer empleos en renta, juros, censos, para dichas
?Obrasp?as, sin que dicho Patrono y m?s que le sucedieren, en ningu
?na manera puedan comprar ni adquirir cosa alguna que no sea para
?dichas Obrasp?as; y todo lo que adquiriere como todo lo dem?s que
?en cualesquiera manera le tocare y perteneciere, pueda por el mismo
?hecho de entrar en dicho Patronato, ha de agregar y avincular ?
?dicha Capilla;; y han de quedar agregados y .avinculados todos los
?dichos bienes, sin reservaci?n de cosa alguna, y cumplir con todas las
?condiciones dichas y m?s que ir?n expresadas; y . no lo haciendo,
?quiero y es mi voluntad pierda el derecho de dicho Patronato y que
?pase al siguiente en grado.
?Y por cuanto mediante las condiciones referidas, tengo por Pa
?trono ? dicho D. Antonio de Segade, mi sobrino, y sus descendientes,
?quiero que faltando su l?nea, entre por Patrono D. Juan Segade Fo
?ci?es y Velasco, hijo de. mi sobrino el Maese de Campo D. Francisco
?Foci?os de Segade, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y
?Capit?n general de las provincias del Cagay?n, y sus hijos leg?timos,
?si los tuviere; prefiriendo siempre el mayor al menor y el var?n ? la
?hembra; y lo. mismo, con la misma prelaci?n, se ha de entender con
?los de dicho D. Antonio, primer Patrono; y esto con la calidad que
.
?Reinos de Espa?a, ? por lo menos la mitad del a?o en las casas de
?Segade y villa de Mellid, sino que est?n ocupados con puestos de
?S. M. y con ?nimo de volver ? dicha parte, y lo mismo se ha de en
?tender con los dem?s Patronos que sucedieren; y unos y otros han de
?tener: en primer lugar el apellido de Segade, y despu?s el de la l?nea
?referida: quiero sucedan los hijos y descendientes leg?timos de mi
?sobrina do?a Ana Segade, viuda del Licenciado D. Francisco Losada;
?y despu?s de ellos los de mi sobrina do?a Mar?a de Segade y Buguei
?ro, mujer de D. Juan Fern?ndez Varela, Corregidor de Monterroso; y