Bolet?n de la Real 5cademia Gallega 273
coste del alumbrado ? prorrata, para que se consiga la seguridad pu
blica en el tr?nsito, y corten los funestos dan.os,' que se experimentan
por falta de esta precauci?n en ofensa de ambas Magestades, y de las
vidas, y haciendas de los Moradores, conservandolos encendidos hasta
las doce de la noche, interin no se concluye en toda la Ciudad la opera
ci?n del derribo de dichos soportales, no se forma el alumbrado gene'
ral, y no se arreglan las m?s providencias que exige en este punto la
buena Polic?a.
XVI:
No sangrar?n Cavaller?as en las calles, no har?n fuegos en ellas,
hoyos, ni escabaciones las mas leves, y todos los que las ocupen' con
le?a, paja, y otros efectos que tengan precisi?n de meter en sus Bode
gas, y Casas para usos propios, dejar?n el transito preciso interin eva
cuan la operacion; y conclusa esta, barrer?n en el instante la calle, `de
jandola en el estado de limpieza, que disfrutaba, pena de incurrir 'p?r
la contravencion en'la multa impuesta en los otros Articulos.
XVII.
Los Carreteros del trag?no, ? servicio del Pueblo, que se emplean
en las descargas, y conduccion de generos, b?jo la misma pena usar?n
de rastros, y carretillas en todos los casos posibles, y sol? de los Carros
en los indispensables, para no ofender los empedrados; y en todos los
que nuevamente se construyan, no pondr?n clavos proeminentes por
la misma causa, en consideraci?n al grave perjuicio que recibir?an los
caudales comunes no removiendo de las calles todo motivo de su des
truccion, y ruina; procurando tambien estos Carreteros, y los de ?
fuera, despues de introducidos en la Poblacion, evitar, ? cortar el chi
llido de sus Carros, para eximir los o?dos de los Havitantes de un so
nido tan desagradable.
XVIII.
El Rastro, y Cortadur?as se mantendr?n por los Tablageros en un
prefecto estado de limpieza: y en todas las Oficinas publicas, de donde
pueda resultar por falta de aseo, y,vigilancia algun olfato desagradable,.