66 BOLET1N DE' LA REAL ACADEMIA GALLEGA
,c?alquiera,de,las: dichas quinc?monjas, luego ha de nombrar otra dentro
de dos meses que venga a su noticia, y las dichas monjas y convento
tengan :obligaci?n ;a.recibillai corno ,dicho 'es, sin' dote alguno, y si no la
rescibieren, hayan de desfalcar y desfalquen; la. dicha renta. pro rata del
ti?rhpo queno:la rescibieren a respecto; de a cuarenta.; ducados, por. a?o
filie: van tasados. para :cada una de las dichas monjas, los cuales le dan en
Utilidad, de la:dicha,no?nbrada y los haya ;y llieve para sus, alimentos y
lbspueda cobrardeldicho convento: mientras no la rescibieren=lten es
condici?n que las dichas quince monjas que 'ha de nombrar la dicha fun
dadora .ydespu?sde.sus d?as el patr?n para siempre jam?s, sean.parientes
la. fundadora ,las nueve, por; su padre y. madre .o descendientes de su
Hermano mientras las, hubiere, y,habi?ndolas, el dicho patr?n no pueda
elegir otraar ,si le, nombrare de hecho,' la dicha abadesa ,y :monjas. no . se
la reciban, antes por: aquella vez pierda el dicho patr?n el derecho de la
presentaci?n detal; monja, ,y; la dicha ? abadesa ,yreligiosas puedan elegir
:en: sti nombre' otra del dicho, linaje que les,pareciere,? con; que, sea vir
tuosa iy..honest?,< y es ans? mesmo condici?n que las otras seis restantes
a. /cumplimiento, de las quince sean .; parientes:: del licenciado Agust?n
Gued?ja;su.marido de` la fundadora) o descendientes de los linajes de
Guedejas ,y V?lehzuelas de , San Clemente . y Alc?zar de la Mancha de
Toledo, ;y :que. para.:. que esto tenga efecto, atento .que son fuera del ?
reinio;cla dicha: fundadora les: har? saber : el 'dicho nombramiento, para
que acudan con las dichas nombradas; ;con: que sean hijas de los dichos
linajes .y, limpias,y honestas por su persona, de todo lo cual hayan de
tr?er informaci?n para ser, rescibidas,[.y no avisando la, dicha fundadora
en?sus d?as, 'de tal cl?usula,:el patr?n que, fuese de dicho convento tenga
obligaci?n, a hacello saber, para que se resciban las dichas monjas en
las dichas partes y dentro dedos, meses con certificaci?n y dentro de
diez fineses adelante despu?s de la muerte de cualquiera de las dichas seis
monjas est?n' obligadas a enviar: otra al dicho convento, con la informaci?n
seg?n,va:dicho, y el,dichoa?o pasadono la trayendo el dicho patr?n,
? la,pueda /nombrar de los linajes de, la dicha fundadora, con; que se le
permite ,licencia al dicho :patr?n' para que, siendo avisado de. los padres
or.'parientes.que la tal monja que se ha de rescibir que no la pudiendo
traer'dentrordel dicho a?o por justa causa,,les puede conceder otros seis
meses de t?rmino, m?s o menos lo que le pareceiere = Iten.'es condici?n
que la, capilla mayor del dicho convento sea siempre entierro de la dicha
fundad?ra y sus patronos in perpetuum, sin que en ella se pueda enterrar
otra persona alguna,; sino la : dicha fundadora ; y' .sus, patronos, hijos y
mujeres y quien quisieren los dichos patronos, ni ;puedan tener asiento