too ~oler l?rt de la Retal ylcademia Gallega
?Sepan quantos,esta carta vieren como yo don juan, por la gracia;
dedios, vi una carta delRey don enrrique mi padre : e. mi Se?or, ,que
dios de Santo parayso haya,. escrita en pergamino de cuero sellado con'
su sello de. poridad en cuerda, de seda,, fecho en esta guisa ;Sepan.
quantos esta carta de confirmaci?n vieren, corno yo don . enrrique por 13
gracia de dios, falto: saber ? vos los mis 'contadores e alcaldes, e'jueses,
e merinos, alguaciles, comendadores, mayordomos, alcaides de los casti
llos casas e fuertes, arrendadores, cogedores mayores e menores de las
mis rentas en el reyno de gallicia, a :qualquier o qualesquier de vos ?.
quien esta mi carta fuere mostrada o el traslado della signado por escri
bano publico sacado con la autoridad de jues o de alcalde, salud e gra
cia. Sepades como estando ende de sobre Giron con el conde..... mi tio
estando ahy conmigo Martin yanes notario del Reyno de Leon, a mi fue
presentado (Garc?a Rodr?guez) de Valcarcel mi vasallo por nombre, del
monasterio de San Salvador de Predoso, que es en el reyno de gallisia
cabo de la tierra de Trasancos, con una carta de sentencia dada por el.
dicho Martin Eanes en el tiempo del Rey don enrrique, mi aguelo, que
dios perdone, entre el dicho prior e los onbres de la tierra de su monas
terio de la una parte (e) los arrendadores de las monedas, rentase servi
cios del reyno de gallisia del dicho Se?or. Rey e juan Arias chancero de
Santiago procurador fiscal del dicho Se?or. Rey de. la otra parte, escrita
en pergamino de cuero e synada de escrivano publico e firmada del
nombre del dicho Mart?n Ianez, fecha en esta guisa:
:Sepan quantos esta carta de sentencia vieren como en pleito pen
diente delante de mi, martin yanes, notario del reyno de leon e jues del
nuestro Se?or el Rey por su poder ques tal: Don enrrique, por la gra
cia de dios, t'asemos saber ? vos, martin yanez, notario del Reino de
leon, que nos estando saliendo (de) Gallisia ` para Castilla, avemos
querella de gomez fernandez, prior del monesterio de San Salvador de
gredoso, que es en el reyno de gallisia cabo de la tierra de trasancos,
diciendo que fernando fernandez perez deudor, nuestro vasallo, e otros
cavalleros, escuderos poderosos, con poder de los arrendadores de las
nuestras rentas e monedas e servicios, quebrantan los previllejos e mer
cedes que tienen de los Reyes nuestros antecesores e las condiciones
(con) que nos mandamos coger las dichas rentas; e que les prenden ? los
mis moradores en las terras e feligres?as del dicho su monasterio syn
rason e syn derecho, non seyendo ellos primeramente llamados e oydos
en sus derechos; e que fuese la nuestra merced de qe lo tomamos sy
fuesen dadas e livradas por los alcaldes e oydores de la nuestra corte e
contra" nuestro procurador fiscal. Syn embargo de las leyes de los orde