170 Bolet?n de' la l?al ,(cadernia 6allega
Funda v?nculo y mayorazgo de todos sus bienes, y llama a ?l, en
primer lugar, a su hijo D. Luis, y a falta de ?ste, sucesivamente, a su
sobrino D. Fernando de Castro (1), hijo segundo de su hermano Alva
, ro Gonz?lez de Ribadeneira; a D. Juan, hermano tercero del D. Fernan
do; a Fern?n D?az de Ribadeneira, hijo de Juan Pardo de Ribadeneira
y de D.a Constanza de las M?rifias, sus ties; y a D. Diego de las Ma
su primo hermano (2); o a los herederos de los sobredichos por
su orden respectivo.
Establece como una de las condiciones para poder suceder en el
mayorazgo, que si recayere en hembra, quede ?sta obligada a casarse
con descendiente de su linaje por parte de sus padres, que sea de tal
calidad, que pueda tener H?bito de Santiago sin dispensaci?n: y que si
? se casare con persona fuera de las de su linaje habi?ndola, y no habi?n
dola, con persona que no te'nga la dicha calidad de poder tener H?bito
de Santiago sin dispensaci?n, por el mismo caso pierda la sucesi?n y
pase a los siguientes llamados.
En otra de las cl?usulas se lee: ?Iten es condicion que asi el dho. z
don Luys mi hijo como todos los demas que vbieren de subceder en
este binculo se ayan de llamar siendo barones Gomez Perez das Mari?as,
sin ponerse Don, y sin quel tal pueda admitirse otro nonbre y apellido
a este al principio ni al cabo del nonbre teas de asi solas Gomez Perez
, das Mari?as, y si sucediere muger asta el grado que estan llamados se
llame con sobrenombre 'de las Mari?as y le mando se llatne asi mesuro'
Gomez Perez das Mari?as e que aya de traer en sus hescudos y sellos
mis armas sopena que no pueda subcesor en las escripturas y cedulas
que hiziere y otorgare se ponga el numero de los a quien sucede co
vinculo y el que le subcediere segundo y asi de all? adelante en todos
para que sean conocidos entre ellos los queiprocedieren como caballe
ros servidores de Dios y de su rey amadores de la virtud y por ello sean
alabados y por el contrario los que mal procedieren sean bituperados y
que esto les sea estimulo para seguir la virtud y. esta condicion se a de
guardar no siendo contra derecho e si lo fuere auiendo aprouacion de
su Magestad y confirmacion suya para que se pueda guardar e no de
otra manera.?
. La ?ltima de las condiciones que impone a los sucedores del v?ncu
lo, es muy interesante, pues prueba el alto grado de cultura del testa
, dor y su manifiesto deseo de que sus descendientes fuesen personas de
(r) El General que cas? con D.' Isabel Barreto.
(2) El Capit?n General que muri? en Grecia, cuya biograf?a queda hecha mas atr?s.