3otettn de ta teat 54cademia':Gattega 03
r xto. padre arzobispo de Santiago e el conde don fernando de andrade
presentaron en el consistorio e regimiento de la dicha cibdad una
*provision de los se?ores governadores destos reynos de sus magesta'
des en que hacian sirs capitanes generates deste dicho reyno de gall
, zia a los dichos reberendisimo arzobispo e condo don fernando de an
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la qual debe ser obedescida y no cunplida por las razones see`aientes'
a lo uno por que aquella fue impetrada con syniestra relacion ?por que
a no se hizo mencion en ella como sobre lo mismo los dichos reber?n .
. disimo arzobispo a condo don fernando habian enbiado. mensagero
*
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I vicio en que hizo su, capitan general dente dicho reyno a vra. sefioria
*Begun costa por esta respuesta e confirmada de su imperial e real ?
nombre de que hago presentacion e juro a dios que es buena ever
dadera e otrosi demas desto todo este dicho reyno recibiria mucho
D prejuicio en que los dichos reberendisimo arzobispo e conde don fer
nando fuesen tales capitanes generates por que el dicho reyno ha es
, tado y syempre estubo pacifico solo con governarle vra. se?oria como
le ha governado quanto mas teniendo mas como agora ti?ne el nuevo
*
necesidad de capitanes generates ni de gente pues que todas las veces
* que a los vezinos deste dicho reyno fuese mandado que vayan yran
donde quiera que fuere seruicio de an magestad y si los dichos rebe
rendisimo arzobispo e conde don fernando fuesen capitanes generates
a darse ya ocasion quo los quo no fuesen sus vasallos desobedeciesen
a especialmente teniendocomo tienen competencias sobre jurisdiccio
nes a otras cosas con algunas cibdades a caballeros comarcanos y to
*quo esta pacifico se podria alterar to qual vra. sefioria debe y es obli
s gado a obiar e estorbar por ende a vra. sefioria pido e soplico e re
? m quiero que mande que se sobresea en la execucion de la dicha provi
: syon de los d ichos se?ores governadores e que vra. sefioria mande
A que aquella sea obedescida y no cumplida pues consta della del no
) torio vicio dela suvencion que ti?ne y quo antes de aquella vra. sefio
D ria tiene del raisin() cargo otra provision de la persona real de su ma
, gestad la qual ha seydo y es obedescida universalmente en este dicho
reyno y que vra. sefioria no consienta ni de lugar quo los dichos re
berendisimo arzobispo de santiago e conde don fernando de andrade
? usen de la dicha provision pues esto es lo que mas cumple al seruicio