302 i3olet?n de la Real >lcademia Gallega
que guardando lo de suso declarado se pueda cortar cargar y
sacar por mar y por tierra para el andaluzia y l?s otras partes y lugares ? l?l?l?l?l?l?l?l?l, s , s s
de los rreynos de su mag.c toda la demas madera que por las dichas
ordenan?asno se proibe cortar y sacar sin ser necesaria otra mas li?
cencia sin embargo de las cedulas y provisiones dadas y libradas pa
g ndo los derechos que se acostumbran y deben pagar conque las
dhas cortas se hayan dc hazer y hagan desde mediado del mes de
otubre hasta fin de henero de cada un a?o y no en otros tienpos"al
gunos.
que los que contravinieren alo susodicho cortando para duela
paguen por cada roble que asi cortaren trezientos mrs. y otros tantos
por el que descascaren y desccrtesaren y por los mas rrobles quexigos
y casta?os que en qualquier manera cortaren o arrancaren paguen por
cada pie cien mrs. y si cargaren y ?mbarquaren la dha madera o si la
llevaren o descargaren fuera de los rreynos de. su Mag.? ayan perdido
? y pierdan la dha madera y navios conque asi se cargare con mas veinte
mil maravedis por cada vez y todos los juezes que fueren negligentes
en el cumplimiento de lo suso dicho o fueren en que se venga contra
ello o lo consintieren o disimularen yncurran en las mismas penas y en
diez mil mrs? mas y se les.deua hazer y haga cargo dello en las rresi
denci?s que se les toniare las quales dichas penas se apliquen la terce
ra parte para el denun?iador y otra para el juez que lo sentenciarE y la
tercera para la camara y fisco de su Mag.d
que las ordenan?as que en los juzgados particul?res sean y deven
hazer para el buen cunplimiento de lo que asi se mandare no se aya ni
devan executar,hasta que primeramente se traigan a esta rreal audien
cia y se confirmen en ella:
y porque por la variedad de los sitios y lugares en los quales ?
nacen y se dan estos arboles y las diferencias de las necesidades de los
partidos y pueblos no conciertan entre si antes to que biene bien en
algunas partes seria da?oso en otras parece convernia que las dichas
ordenan?as se pudiesen declarar a?adir moderar y guitar por esta rreal
audiencia segun adelante se fuere entendiendo que mas conviene at
servicio de su Mag.a sin ser necesaria nueba consulta por los inconve
nientes que de lo contrario resultarian^goniez alvarez=
Por la copia,
(Concluircr) MANUEL MURGUIA.
11
?