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ljoletin de la Real ftcademia Gallega 61
pusieron un filete de oro, pero despu?s de cinco siglos de uso sin ese aditamento.
En la her?ldica espa?ola le podr?a citar infinidad de escudos que no cumplen
esa condici?n; sobre todo trat?ndose de animales y accidentes naturales: tierra
montes, pe?as, etc.
?Mi opini?n, es, pues, que las pe?as del escudo de Coru?a, son de su color,
ajust?ndose perfectamente alas reglas her?ldicas nuestras... (1).?
Las aseveraciones del Marqu?s de Hermosilla no dejan lugar a dudas, y en
cuanto al color natural de algunas cosas, pueden verse corroboradas en muchos
privilegios de armas, en los que aparece dicho color como otro esmalte adem?s
de los explicados en la Armer?a espa?ola. Para muestra citaremos los otorgados
por Carlos I, en 5 de Abril de 1552, a las ciudades de Santiago de Chile y La
Concepci?n, y en 18 de Marzo de 1554, a la de Villa Rica, cuyos originales se ?
conservan en el Archivo de Indias.
Por el expedido a favor de la primera de las mencionadas capitales, se
se?ala a ?sta ?vn escudo que aya en el vn leon de su color con vna espada
desnuda en la mano en campo de plata y por orla ocho veneras de oro en campo
azula. En el despachado para La Concepci?n, se concede a esta ciudad, ?tro
?escudo en que aya vna aguila negra en campo de oro y por orla un sol de oro
encima de la caueza de la dicha aguila y a los pies una luna de plata y a los
lados quatro estrellas de oro y dos ramos de a?u?enas de su color en campo
azul. Y en el dado a Villa Rica, se le asigna ?un escudo el campo de oro y en el
vna laguna y enmedio della vna ysla y en la ysla un pino verde y vn le?n de
su color puesto en dos pies la vna mano puesta en lo alto del pino y la otra " ?
mas baxa y por orla del dicho escudo seys flores de lis de oro en campo Azul y
? encima del escudo vn yelmo cerrado con dependencias o follajes de oro y azul y
por devisa sobre el yelmo vn leon de oro de medio cuerpo arriba? (2).
1 No solo se ve el color natural como esmalte en los escudos de las poblado
nes, Bin? que existe tambi?n en los pertenecientes a caballeros particulares. El
mismo Emperador en 2 de Mayo de 1537 mand? extender un privilegio a favor
de Crist?bal Cerme?o, en el que le daba por armas ?vn escudo hecho dos partes
partido con vn perfil blanco que atrauiese del vn canton alto derecho al otro
canton baxo yzquierdo que en la parte derecha baxa este vn tigre de su color en
campo colorado y en la otra parte yzquierda alta vna torre de oro en campo
1 a?ul y por timble vn yelmo cerrado con vn rrollo torcido encima del y por divisa
el dicho tigre con vnos trascoles y dependencias de a?ul y oro (3)?. Las armas
del apellido Iraeta, se componen de un ?escudo de plata con un roble de su
color, y al pie de este atravesando' un jabal? de sable y colgada del roble
una caldera de lc mismo.? Las de la familia de los Amezqueta, constan .
de .un escudo de oro con un roble silvestre de su color, y arrimado a ?l con las
manos, un oso, tambi?n de su color, puesto a la diestra del escudo, y a la si
niestra dos clavos grandes de su color(4). Muchos m?s casos pudi?ramos citar.
(1) Carta fechada en Madrid el 3 de Abril de 1919.
(a) Estos privilegios fueron publicados por D. Jes?s Pab?n y D. Luis Jim?nez Placer, en el Bolet?n del
Centro de Estudios Americanistas, n?m. 4243, p?gs. 7, rz y 26. Sevilla, 1921.
(3) Id. por D. Pedro Torres Lanzas, en la misma revista, n?m. 4041 del propio a?o, p?g. So.
(4) JULIO DE YEPES Y ROSALES. Armorial general de Espa?a. Academia Her?ldica, tomo III,
p?g. 59. Madrid, 1908.
Obs?rvase en algunos privilegios de armas, que las palabras de su color, est?n sustitu?das por esta otra:
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