12 BOLET?N DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA
asist?a en : corporaci?n a una misa' cantada que all? se cele
braba el d?a de Santa Cruz de Mayo, pr?ctica conservada
hasta hace poco.
Vener?base en la capilla un EcceHomo que sal?a en las
procesiones de Domingo de Ramos y Jueves Santo. Hab?a
tambi?n cuatro urnas en las que se intent? poner los miste
rios dolorosos de la Pasi?n, ya en relieve, ya pintados a ma
nera de cuadro:.
Por disposici?n testamentaria de 15 de agosto de 1560,
estableci? una importante fundaci?n de misas en la citada
capilla, dej?ndola por universal heredera de todos sus bie
nes, el mareante y vecino de Puentedeume Juan de Castro,
quien mand? enterrarse en la misma.
Se ordenaba en la expresada fundaci?n que cada semana
se dijese en la referida capilla una misa de finado, con res
ponso y agua bendita sobre la sepultura del donante y su mu
jer Mar?a Afonso; que si dicha misa se celebrase en d?a de
fiesta, se dijese del Santo del d?a y con conmemoraci?n de fi
nados, y que la v?spera de la fiesta principal de la capilla o ,
el mismo d?a, se efectuase una vigilia con responso y agua'
bendita sobre las sepulturas /del citado Juan de Castro y su
mujer.
Por la mencionada misa deb?an pagarse al cl?rigo cele
brante cuatro ducados anuales, cantidad que pod?a aumentar
se seg?n les pareciere a los cumplidores testamentarios.
Asimismo se consignaban otros cuatro ducados anuales,
o m?s si fuere precisd, para sostenimiento y reparos de la
capilla, ornamentos, cera, etc., y una vez atendidas las con
signadas obligaciones, se ordena que lo sobrante se gaste en
limosnas a los pobres cada a?o, prefiri?ndose los parientes
,del donante y su mujer y atendi?ndose a que fueran de la
villa o comarca, debi?ndose atender igualmente a la dota.
ci?n de mozas pobres emparentadas con el otorgante que de
seasen contraer matrimonio.
yNombr? .cumplidores testamentarios a Pedro de Aguirre
Juan Vizoso, escrilianos, vecinos de Puentedeume, a los que
manda por su trabajo ?la mitad de una vifla de cepa, sita en
la Chousa de Porto de Baixo,' que son ocho ferrados y es la
propiedad del monasterio de Breamo? , d?ndoles poder para
modificar lo estatuido mejor?ndolo, con consejo de letrado