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lSOLET?? DE LA REAL ACA??LIV??A` GALLEGA 4
de los sermones, ; que los' pagaba el ' ayuntamiento; las 1 de
Corpus y su Octava, Santiago Ap?stol, cultos del mes del
Rosario y novena de Animas corren de cuenta de los fondos
parroquiales; las de la Purificaci?n de Nuestra Se?ora, San
Juan Bautista, San Roque y Virgen de las Virtudes las su
fragaba el ayuntamiento, y las restantes se realizan en virtud
de limosnas de particulares.' que sostienen la tradici?n de las
antiguas cofrad?as, o bien por efecto de las nuevas asocia
ciones de fieles.
No hace mucho se .celebraban otras fiestas, a m?s de las
mencionadas, como las de San Sebasti?n, San Blas, Patroci
nio de San Jos?, San. Isidr?, San Antonio de' P?dua, San Luis
Gonzaga,,Santa Luc?a, etc., que fueron desapareciendo a me' .
dila que . desapareci?n las antiguas cofrad?as.
II
El convento de agustinos y el p?rroco de la villa discrepa . ?
ron algunas veces sobre asistencia a los cultos y lugar que
hab?an de ocupan en ellos. ' Producto de esas discrepancias
tir? la ,propuesta que, con tendencia armonizadora, hizo el
prior de aquel convento, Fray Tom?s Cliquet, a don Jacinto
Pardo, cura de la villa, sobre la presidencia y salidas de la
comunidad, as? a las procesiones como en actos p?blicos, y
cuyas condiciones dicen:
? 1. a Que asistir? a las procesiones solemnes y funera
les, en que presidir? el prior o el que fuere por servido a su
comunidad, sin interverarse con los se?ores eclesi?sticos, o ,
a la derecha o a la izquierda, conforme al se?or cura pa
reciere.
? 2.a En caso que la comunidad asista juntamente con
los se?ores eclesi?sticos a cantar, se le ha de dar en la igle
sia el ala derecha o izquierda; que se ejecutar? aqu? lo mis
mo; o en caso que no quieran que los religiosos alternen vi
gilia y misa con los se?ores eclesi?sticos, que se les d? capilla
para que separadamente hagan su oficio; que, finalizado, se
volver? la comunidad a su casa, excepto que quiera el padre
prior dejar dos religiosos para el acompa?amiento, corno se
estila en pol?tica con personas de distinci?n.
n 3.a Que el padre prior presidir? en su iglesia, como el
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