polet?n de la Real Ykcademia 6ailega Sr
sima de Tor?s, con los "doscientos nobles de Cancelada, de la de Vaa
monde y Guitir?z; de la villa del Carami?al, y de los cotos de Corru
bedo, Mar?n, Agualada, Al?n, Berdeogas, Cillobre, Demins, Anafreit?,
Cedofeita y Roupar (1). Dicha se?ora estaba a la saz?n viuda de don
Fernando Gayoso Arias Ozores Lemos y Sotomayor, Conde de Ama
rante, Marqu?s de San Miguel de Penas y Vizconde de Oca, Mota y
Ferreira. De ?l le quedaron dos hijos y dos hijas. El hijo mayor se
llamaba D. Francisco Javier, y fu? el heredero y sucesor de todos los
t?tulos de sus padres, y de consiguiente, el continuador de las Casas de
Parga, Junqueras y Tor?s. A los t?tulos citados Se agregaron m?s ade
lante los de Marqu?s.de Camarasa y Conde de Castrojeriz y Ricla.
Tal es, por esta l?nea, la ilustre descendencia del famoso G?mez
P?rez das Marinas. . ?
C?SAR VAAMONDE LORES.
(Continuar?.) .
de Cillobre; se ven las armas correspondientes a estos principales apellidos: el cordero de
los Bola?os y la cruz de los Ribadeneiras, en representaci?n del se?or?o de Tor?s; las tres
fajas de los Parragueses, indicando el se?or?o de Parga; las fajas estacadas de los Sotomayor
o Junqueras, alusivas a este se?or?o; y la estrella de los Marifias, Se?ores de Cillobre y otras
jurisdicciones. Dicho escudo es el que reproduce el adjunto gr?fico.
(t) Poseemos una R. C.' expedida en el Buen Retiro 'a ig de Julio de 1757, por la que
se concede ala D.' Mar?a Josefa de los Cobos y a su hijo primogenito facultad para pedir a
censo 80.000 ducados sobre los mayorazgos de ambos. En la expresada R. C. se contienen
curiosas noticias referentes a la vida particular de aquella distinguida dama, entre otras, las
que dan cuenta de sus deudas y re?idos pleitos. De ?stos, los m?s importantes eran el que
sosten?a con el Fiscal de S. M. sobre reversi?n a la Corona de la tierra y Puebla de Parga, por
el que ten?a embargados y secuestrados cuantiosos bienes y efectos pertenecientes a su casa,
y el que litigaba sobre la sucesi?n de los mayorazgos de Bergondo, para la prosecuci?n del
cual tuvo que dar fianza y depositar 1.5oo doblas. Para defender estos pleitos y gestionar
adem?s el abono de los cr?ditos que le pertenec?an y le estaba debiendo la Real Hacienda ?
importantes m?s de 15o.000 reales procedentes de sueldos devengados por su difunto marido
durante el tiempo que fu? Capit?n General de Galicia y Consejero de Guerra, tuvo que levan
tar su casa de Santiago y trasladar su residencia a Valladolid y luego a Madrid. No pudiendo
soportar los gastos que este estado de cosas le ocasionaba, se empe?? en L000.000 de reales,
cantidad que le era imposible pagar, vi?ndose por tal motivo perseguida y acosada sin desean
? so por sus infinitos acreedores.
. Para poder salir de tantos apuros necesitaba go.000 ducados, y COMO carec?a de ellos,
pidi? licencia a S. M. para tomarlos a censo redimible sobre sus citados mayorazgos y los de
su hijo, cuyos mayorazgos rentaban cada a?o, los de D.' Josefa, 112.474 reales y los de su hijo
176.048, sin contar las rentas de los otros mayorazgos que ten?a en secuestro y litigio. S. M. ?
rebaj? to.000 ducados a lo que D.' Josefa ped?a y solo autoriz? la obtenci?n a pr?stamos de
80.000, seg?n dijimos.
En virtud de la facultad Real, por escritura otorgada en Santiago a 18 de Octubre de
1757, obtuvieron los sobredichos la cantidad expresada hipotecando para responder de ella,
los frutos y rendimientos de los mayorazgos de ambas casas, a saber: de los Estados de Par
ga, las Casas y mayorazgos de Junqueras, Cillobre, Tor?s, Cedofeita, Mondofiedo y Roupar, y
los partidos de Nodar y Anafreita: y de los Estados de Amarante, las Casas y mayorazgos de
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