288 3olet?rt de la Real Academia Gallega ,
bildo: y, la forma y renglones, como pareciesen al Provisor, De?n y Ca
bildo: que el rrubio (1) ha de ser bueno, bien colorado,,limpio y claro.
Que, en la primera p?gina, imprimir? ? su costa el Paz las armas
del se?or Obispo y si se quiere que lleve ?algunas otras figuras ?o ysto
rias? las costee la f?brica y no el impresor.
Qu? Paz no puede imprimir ni vender ning?n breviario sin li
cencia del Cabildo, m?s de los 120050 m?s ? menos?so pena de 100
ducados por cada uno que imprima ? venda de m?s.
Que no estando acabado de corregir el original del Breviario, no
est? obligado Paz ? ir ? la ciudad de Oviedo hasta dentro de un mes
desde el d?a que fuere llamado, y, llegado, el Cabildo le dar? 200 du
cados para comprar papel y poner la imprenta y oficiales, que asentar?
en dicha ciudad, dentro de cuatro meses despues de haber recibido
dichos dineros.
Que el Cabildo, dar? ? Paz casa en que viva y est? dicha imprenta,
aparejo y oficiales y corrector y correctores que vean, examinen y co
Que, si por no darle original, holgara, se le pague cada d?a lo que
?l y sus oficiales hicieren de costas.
Que dicho Paz ha de imprimir los Breviarios ? 4 maravedis cada
pliego de toda costa; para pago de lo cual, el Cabildo le dar? al prin
cipio de la obra otros 200 ducados y en medio de ella otros ciento, y,
todo lo restante, ? la fin de la obra dentro de dos meses despues de
acabada; y que si alg?n pliego resultara herrado por culpa de Paz ? de
sus oficiales, sea obligado ? volverlo ? imprimir; pero si es culpa del
corrector, s?alo ? costa de la obra.
Que Paz haga as? mismo los Misales del Obispado conforme al
original y muestras de letra que quedan en el Cabildo al mismo precio
de 4 maraved?s pliego (2) y con las mismas condiciones que los Bre
viarios y los misales sean ?mill ciento? y el papel ? satisfacci?n del
Cabildo.
(Archivo General de Galicia. ?Pillado, 1, 16, Cabildo, n?m. 2.)
EUGENIO CARR? ALDAO.
?
(1) Rubro? ? sea el color encarnado.
(2) Es importante esta condici?n, por se?alar ya precio por pliego, cuando en con?
tratos anteriores, los precios eran por ejemplares completos.