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Reino que puso en grave riesgo la corona de Alfonso X, no hab?a sido
seguramente a?n parte a borrar de la memoria de los vecinos de la villa
y los lugares citados el recuerdo de la famosa liga o hermandad de los
Concejos de Castilla, Le?n y Galicia, (1282), contra el infortunado autor
de las Querellas (1), en la que el de Ferrol debi? de tomar parte activa
?aunque nunca sospechada hasta aqu?, como induce a creerlo el pri
vilegio de confirmaci?n de sus antiguos usos, costumbres, inmunidades
y franquicias locales, expedido a la saz?n (1283) por el Infante D. San
' cho, como antes he dicho (2).
(1) Se imprimi? la carta de esta hermandad con el n?m. 266 de los Ap?n
dices, en la Historia del Monasterio de Sahag?n, por Escalona, folios 618 al 622
inclnsives.
Dice as?:
c...Et fizo nos lo yurar ?el Infante D. Sancho et prometer segunt dicen
las cartas que son entre el, et nos, et viendo que a servicio de Dios, et de Santa
Mar?a, et de la Corte celestial, et guarda, et onra de la Sancta Iglesia, et del
Infante D. Sancho, et de los otro Reyes que seran despues del, et pro de toda la
tierra, facemos Hermandat, et establecemos para siempre nos, et todos los de
los Reinos sobredichos con los Concejos del Regno de Castilla, et de Leon, et de
Galicia, et con los Infantes, et con los Ricos Ommes, et con los Fijos dalgo, et
con los Prelados, et con los Cavalleros, et con las Ordenes, et con todos los
otros, que y son, et quisieren seer, en esta Guisa?, etc.
Vid. Bullarium ordinis Militice Sancti Jacobi Gloriosissimi Hispaniarum
patroni, p?g. 223.
(2) cYo ynfante don Sancho... por facer bien e merced al Concejo de Fe
rrol dovos e otorgovos e confirmovos para sienpre jamas todos vuestros fueros
e vsos e costumbres e libertades e franquezas e preuillejos e cartas que vuistes
en el tienpo del Rey don alfon mio visauelo e del Rey don ferrando myo ahuelo
e de todos los otros reyes e del enperador que fueron ante en Espa?a. E otro sy
del rey don alfon mio padre aquellos de que vos mas pagaredes a todos en vno
e a cada unos de vos por sy. E juro a Dios e a santa Maria e prometo a buena fe
de vos los guardar e demas fago vos pleito e omenaje que nunca vos pase contra
estas cosas sobre dichas nin contra ninguna dellas nin consienta a ninguno que
vos pase contra ellas e que me pare conousco e vos ayude con el cuerpo e con
todo mio poder asy contra el Rey como contra todos los otros del mundo que
vos quisieren pasar en cualquier manera contra vuestros fueros e vsos e costum
bres e libertades e franquezas e preuillejos e cartas e sy por aventura yo ynfante
don sancho non guardase todo esto e vos fuese contra ello e non vos ayudase
contra q?ien quier que vos estas cosas sobredichas o cada vna de las que quisiese
pasar o menguar en alguna manera vos disiendomela o enbiandomelo desir por
corte o en otro lugar qualquier que yo sea e non voslo enmendare quanto ena
aquella cosa que vos menguare ende mando vos que vos anparedes e vos defen
dades tambien del Rey como de mi como de todos los otros que despues de mi
vinieren a tener eguardar vuestros fueros e vsos e costumbres libertades e fran