4 13olel?n de la leal 94cademia Gallega
de ?sta, del caballero Losada, que merodeaba en derredor de aquella ju
risdicci?n, acudieron tambi?n al rey para evitar los perjuicios de tama?a
desmembraci?n.
El monarca, informado por su real consejo, hipotec? la jurisdicci?n
del coto y feligres?as, primero a D.a Casandra de Grimaldo, por 'deudas
de dinero con ella contra?das, quedando due?a y se?ora, con obligaci?n
calculada de pagar, mediante averiguaci?n hecha por el comisionado Die
go de Torres Molina, por cada vecino a raz?n de doce mil maravedises;
y las rentas jurisdiccionales, a cuarenta y dos mil quinientos maravedises
el millar.
En vista de un recurso a petici?n de los vecinos de aquel coto y
jurisdicci?n ofreciendo al rey mayor cantidad, la desmembraci?n fu?
anulada incorpor?ndose a la Corona, mediante lo ofrecido por los veci
nos, pero recurriendo en queja la abadesa y monjas de San Payo de
AnteAltares, haciendo valer sus derechos de prioridad, el rey, informado
por su consejo, anulando todo lo anterior, devolvi? al monasterio lo des
membrado a condici?n de que el convento, abadesa y monjas habr?an de
satisfacerle cinco mil quinientos ducados, que montaban dos cuentos y
ciento sesenta y dos mil y quinientos maravedises. Este convenio qued?
formalizado en 29 de Diciembre de i 590, con presencia de Fr. Mart?n
del Castillo, vicario del monasterio de San Payo de AnteAltares, de la
ciudad de Santiago, en nombre y por virtud de poder que para ello le
fu? conferido.
La falta de formalidad tanto del rey como, de su Consejo, con tan
teos, regateos y martingalas, tuvo por resultado consiguiente otro pleito
en que se han visto comprometidos la seriedad caracter?stica de Felipe II,
y los intereses del coto, vecinos, y jurisdicci?n de Trives, Somoza, Coba,
Penapetada, Villar de Queija, prioratos, anejos, etc., con litigio inter
puesto por las partes, unos contra la validez de reales cartas otorgadas en
favor de los otros.
La abadesa y monjas dieron instrucciones al Reverendo Padre
Fr. I?igo Rabuilade, pr?curador general de la Orden de San Benito,
representando al P. Prior de San Salvador de Sobrado de Trives, a voz y
nombre de la Madre abadesa y comunidad de San Payo de AnteAltares,
de Santiago, quien apersonado al pleito, hizo relaci?n de los tr?mites e
incidencias ocurridas en este enredado y enojoso litigio. En defensa de la
justicia que a sus representados asist?a, record? una Ejecutoria ganada
por la Comunidad en la Comisar?a general de Cruzada, fecha 15 de Fe
brero de 1724, que contiene sentencia de vista y revista, por la que en
juicio contradictorio con los abades de Trives, se hab?a declarado la ane