ljoletiin de la Real ylcademia Gallega 3
Salvador de Sobrado, San Miguel de Somoza y sus t?rminos, desde en
tonces, fueron quitados y apartados de dicho monasterio, y aplicados e
incorporados a la corona' real, quedando dicha jurisdicci?n libre y des '
embargada de cargas, servicios, imposiciones y repartimiento de lanzas,
excusado mayor diezmero y de todo lo que el monasterio hab?a tenido
obligaci?n de pagar, servir y contribuir a la Santa Sede, al Estado ecle
si?stico y al mismo rey.
El delegado de S. M., Hern?n S?nchez de la Mata, vino ? tomar
posesi?n del territorio y de todos sus derechos, rentas, etc. En el docu
mento de incautaci?n alegaba el rey como causa, la necesidad en que se
' encontraba de satisfacer las grandes sumas de maravedises que hab?a gas
tado en las guerras y jornadas vencidas as? por la gran armada, que desde
a?os antes ven?a sustentando contra los turcos enemigos de nuestra santa
fe cat?lica, como por los ej?rcitos que hab?a sido forzoso mantener .por
tierra y por mar para defensa de los estados de Flandes, y de la invasi?n
e ?mpetu de los. herejes, y para tener bien reforzadas y armadas las cien
galeras que bogaban en el mar contra dichos enemigos.
El monarca inclu?a tambi?n entre otras muchas cosas importantes, el
sostenimiento, guarda y conservaci?n de sus reinos y bien universal de
toda la cristiandad, para lo cual no hab?an llegado las rentas reales, ni a
ello pod?an responder, puesto que se hallaban, seg?n ?l dec?a, embaraza
das y empe?adas desde tiempo del emperador su padre.
? . Felipe II se quejaba de que sus reinos y se?or?os no le aumentaban
las rentas, ni alcanzaba el oro y plata que se tra?a de las Indias, y hasta
a se agotara el dinero de las cruzadas, subsidios y excusado, que el Pont?fi
ce romano hab?a concedido a Carlos V, su padre, y a ?l, los intereses que
se venc?an por cr?ditos empe?ados, eran imposibles de satisfacer.
Por todas estas razones y para responder a grandes apuros, hubo que
recurrir a medios extraordinarios, utilizando los menos perjudiciales.
Entre ?stos cont?base el de haber hecho un pacto con D.a Casandra de
Grimaldo, de darle a cuenta de lo que hab?a de haber y ya se le deb?a de
sus alcances, conforme al decreto y medio general, el coto y feligres?as.
con su jurisdicci?n civil y criminal y todos los derechos atr?s men
cionados. ?
Pero he aqui que, D.a Casandra, como buena judia, compraba a.Fe
lipe II para vender a D. Juan Losada Ribadeneira, mediante una ganancia
muy aceptable y segura, que las monjas del convento de San Payo, vi
nieron a malograr, con un ruidoso pleito que aun pendiente se enred? en
una protesta de los habitantes del coto redondo, que en vista del inter?s
demostrado en hacerlos vasallos y pecheros de D.a Casandra, y despu?s
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