2 4 joletin de la Real j4cademia 6alleg?
s el dho mono e yglesia del a su costa e mynsion segun que a su se
s ?oria.paresciese que bastaba para el prior e frayres que en el oviesen
de Resedir e a vista del dicho fray p? de'seizedo'o de la persona que
s en nonbre de la dicha horden'viniere a estar presente al hedeficio
s'del dicho mono y de la mesma manera le dara probeydo de hordena
s mentos e camas y las otras cosas nescesarias para los otros Religiosos
? que ali' estuvieren y demas de lo suso dicho les dara para sustent? e
A cion de los dichos prior e frayles treynta mill mrs. de Renta. en cada
s vn afio de juro de veinte mill mrs. al guitar o de beneficios o , bienes
spatrimonyales que los balgan con las condiciones seguientes.
quel dicho seflor provincial a de de dar ocho frayres con el
s prior que Residan en el dicho mon? que los seis dellos con el dicho
s prior sean sacerdotes de misa y que si su sa acrecentare en la Renta
? mas de los treynta mill mrs. que por la misma forma se acrecienten
s los Religiosos los quales para sienpre jamas sean obligados de Resi
dir? y tener en el dicho mon? basticido de los dichos frayres en la
s manera suso dicha y mas decir por el dicho senor condo e por sus/
? defuntos e descendientes e personas a quien es a cargo las misas 24
? guientes.
? tres misas cantadas cada semana con su rresponso ? en los dits
? que entre el dicho se?or conde'y el dicho prior que fuere en el dicho
? s mon? fueren asefialados e que sienpre el prior e frayres'tengan coy
? dado e conmemoracion de rrogar a dios por su sa e decir Responds
todas las vezes quo dixeren raise y que en la capilla mayor quesu
sa hiziere en el dicho mont? no la puedan dar ni enterrar en lla
? salvo al que su sa o sus herederos recomendaren.
A yte? que los legatos e obras pias que las personas devoctas n n
daren al dicho mont? ansi en dineros como en otras cosas que n se
s puedan gastar ni destribuyr salvo en el dicho mont? y on la sust ita
cion de los dichos fray res que en el dicho mon? estovieren eesy
s dieren y en el Reparo y acrecentamiento del dicho mon? // e des ues
de hecho el dicho mon? e probeydo por su sa la primera vez omo
D dicho es que su sa no sea obligado a no dar mas probeymientfs ni
? camas syno quisiere / yten que demas de hacer su sa el dicho q
D mon? como dicho es por servicio de dios e descargo de su conciencia
? e sustentacion de los dichos prior e frayres de su propia vol?ntad
D hace donacion pura y no rrevocable para sienpre jamas de laasay
s horta suso dicha segun esta ceRada e cercada y a su sa pert4nesce
? con todas las arbores y fuente a los dichos prior e frayres e dc./, oy en
adelante se desistio del drt? que a la dicha huerta e casa time e lo