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I2, BOLET?N DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA
tpropio en semejantes ocasiones, no se not? ni hubo ,el m?s peque?o insulto ni la m?s m?nima voz ofensiva.?
j. El 2 de Septiembre del repetido a?o 1836 acord? el Ayuntamiento
que se procediese al juramento de la Constituci?n, para lo cual se?al?
el domingo, d?a 4 de dicho mes. `?Y a fin de que se efect?e con toda
solemnidad y seg?n se previene en el decreto de Cortes de 18 de Marzo
del mismo a?o de doce, se pase oficio al se?or cura p?rroco, para que'
disponga se celebre una misa solemne de acci?n de gracias al Todo
? Poderoso en la iglesia parroquial, antes de cuyo ofertorio se leer? la
Constituci?n, y se har? por aqu?l o por quien designe una breve exhor
taci?n correspondiente al objeto, y de conclusa, se prestar? el citado
juramento por todos los vecinos y el clero ?. Se estipul? que el jura
mento se exigiera en estos t?rminos: ?Jur?is por Dios y por los San
tos Evangelios guardar la Constituci?n pol?tica de la monarqu?a, sancio
nada en C?diz ?l a?o de doce, en el interin que reunida la naci?n en
Cortes manifieste expresamente .su voluntad o d? otra Constituci?n con
forme'a las necesidades de la misma??
He aqu? el acta testimonial del juramento:
?En las Casas Consistoriales de la Villa de Puentedeume, a cuatro
de Septiembre, a?o de mil ochocientos treinta y seis. Reunido el
Ayuntamiento en estas Casas, pas? a la Iglesia parroquial, ?nica que
hay en este Pueblo, donde tambi?n concurri? el Juez de primera instan
cia con sus dependencias, el Administrador de nacionales Rentas con
los suyos, el Clero y porci?n de Pueblo en virtud de los oficios y bando
que se han pasado y publicado. Y congregados todos, se di? principio
a ? la misa solemne, que, celebr? Don Juan San Jurjo, ' Cura p?rroco.
Antes del ofertorio, yo, el infrascrito Secretario, leh? en alta e inteligi
ble voz la Constituci?n Pol?tica de la Monarqu?a sancionada en C?diz el
a?o pasado de mil ochocientos doce y Reales decretos de trece y quince
de Agosto pr?ximo, por donde.se manda publicar y jurar. En seguida
el Sor Cura peror? acerca de la observancia de este Sagrado C?digo, de
su conformidad con la Religi?n y d'e la obligaci?n que ten?a todo Ciuda
dano de no quebrantar el juramento que se iba a prestar, exort?ndolos
a su cumplimiento y a la uni?n. Sigui?se celebrando el incruento sacri
ficio, y concluso que ha sido, se puso una mesa en medio de la, Capilla
mayor y en ella la efigie de SS"'? Cristo y un libro' que conten?a los
Santos Evangelios, y puestas las respectivas manos sobre ellos, y en las
del P?rroco, juraron por Clases todos, por Dios y los Santos evangelios,
guardar (y los que tienen autoridad, hacer guardar) la Constituci?n.
Pol?tica de la Monarqu?a sancionada en C?diz el a?o de doce, interin
que la Naci?n reunida en Cortes no manifieste expresamente su volun