204 BOLETIN DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA
maciones que acompa?an al ttulo de la misma desde su prime
ra edici?n: 1.a) ?In tres Libros et quinquaginta tres quaestiones
divisus, quo census et eius quod interest, necnon usurarum ma
teria tan in theoria quam in praxi nove et analytice partracta
tur?. Y a?adi?: 2.a) ?Opus sane arduum ac difficile et omnibus
Iuris Professoribus et in foro versantibus necessarium, utrius
que et etiam Theologis perutile?.
La tercera edic??n (Li?n, 1672) ofrece algunas particularida
des, que no se encuentran en la segunda, tambi?n de la misma
ciudad, pero nueva reproducci?n de la de Medina. Las de car?c
ter meramente externo ya debieron de figurar en la " segunda.
La censura y la licencia de impresi?n se incorporan seguramen
te debido al fuero eclesi?stico de la ciudad en donde se impri
men, el derecho de censura de libros de la Iglesia.' Juan Claudio
de Ville, profesor de Teolog?a, predicador, can?nigo de la de
San Pablo, de Li?n, y censor diocesano de libros, con fecha 1.?
de marzo de 1614 da fe de haber le?do el Tractatus y haber en
contrado ?omni in illo iuxta ortodoxam Catholicae, Apostolicae
ac Romanae Ecclesiae et SS. Patrum sanam doctr?nam, summa
cum eruditione et pietate?. En su consecuencia, Tomas de Mes
chatin la Faya, can?nigo y vicario general del arzobispado lio
nense, concede facultad para editar la obra (8 de marzo de 1614).
La novedad m?s acusada de la tercera edici?n figura ya ad
vertida en la propia portada con estas palabras: ?Editio nova
cui accedunt Decisiones S. R. R. nullubi hactenus impressae?.
En efecto, al final del Tractatus, siguen, con nueva paginaci?n
y con una especie de nueva portada: DECISIONES S. ROTAE
ROMANAE/ VNDE QUINQVAGINTA/, AD/ ORNATVM TRAC
TATUS/ de annuls reditibus reciens collectae (60 p?gs.) (58).
Ser?a necesario conocer al detalle la historia de esta edici?n
para desvelar algunos de los problemas que la inserci?n de las
Decisiones S. Rotae Romanae plantea. En primer t?rmino hay
que desechar la idea de que la compilaci?n de las cuarenta y
nueve Decisiones sea debida a Garpar Rodriguez, y ello no por ? !
el simple hecho de que, en 1672, ya nuestro insigne jurista no
estaba en el mundo de los vivos, pues le damos por fallecido
(58) La l?mina reproduce la portada del ejemplar de la Biblioteca
National. Sign. 3/35535, que hemos examinado detenidamente. Tiene ma
yor dignidad tipogr?fica que la de Medina del Campo.