BOLET?N DE LA ACADEMIA GALLEGA 131
Algunos ,prelados respondieron prontamente a los deseos de
aquel supremo Tribunal, y a costa de no peque?os sacrificios lo
graron dotar a sus di?cesis del competente Seminario. Pero en la
mayor?a de los casos la iniciativa del Consejo qued? sin efecto,
porque los obispos, o por ser ya ancianos no se preocuparon de
ello, o. por estar faltos de recursos desistieron de lo que hab?an co
menzado con buen celo, o en fin, al ser sustituidos por otros no tu
vieron en ellos quien secundase con entusiasmo sus primeras dili
gencias.
En vista de aquella inercia, casi general, la Real C?mara, por
orden expresa del Monarca, reiter? una vez m?s su mandato con,
fecha de 31 de Marzo de 1778, en el cual, despu?s de recordar las
anteriores providencias, dice as? : ?Enterado el Rey nuestro se?or
de no haber tenido estas providencias todo el puntual cumplimiento
que exig?a la importancia del asunto, y deseando Su Majestad que
se verifiquen sus religiosos deseos en el establecimiento de Semi
narios que quiso y previno el santo concilio de Trento, cuya pro,
lecci?n es inseparable de su real vigilancia por los grandes benefi
cios que de ello resultan a la Iglesia y al bien del Estado, se ha
servido comunicar nueva orden al Consejo, mandando que a su
real nombre se repitan cartas a los prelados del Reino, manifes.
t?ndoles sus soberanos y eficaces deseos sobre que procedan eficaz
mente a la erecci?n de los mismos Seminarios conciliares, y que
a este fin proponga cada uno a su majestad por medio del Consejo
los que advierta m?s propios en su di?cesis, para que auxiliados
y protegidos de su soberana autoridad puedan tener mejor efecto
del que han tenido hasta aqu? (1).
Esta nueva orden fu? m?s eficaz que las anteriores, y en las
di?cesis en que aqu?llas no encontraron ning?n apoyo, ahora, regi
(1) Ancmvo HIST?RICO NACIONAL, Consejo de Castilla, leg. 5.509.
Las fuentes in?ditas que utilizamos para este trabajo son los expedientes
tramitados por el Consejo para la erecci?n de los respectivos Seminarios,
m?s otros recursos elevados a la Real C?mara por aquellos institutos. Se
hallan dichos expedientes en la mencionada secci?n del Consejo del Ar
chivo Hist?rico Nacional, legajos 5.495, n?mero 20 (Mondofiedo); 5.497
(Orense), 5.500 (Santiago), y 5.509 (Lugo y Tuy). Hay adem?s en otros
legajos de la misma secci?n expedientes sueltos acerca de estos Semina
rios, y aun entre los mismos ya citados no siempre est?n los papeles en
su debido lugar, como ocurre, por ejemplo, con algunos, referentes a
Lugo, que est?n en el legajo 5.495.