BOLET?N DE LA ACADEMIA GALLEGA ?207
mente, en la respuesta dada por el emperador a los cap?tulos que
le hab?a, dirigido el reino de Galicia. Dicha respuesta, fechada en
la ciudad de Bormes (Worms, en Alemania), a 29 de Marzo del
mismo a?o de 1521, dec?a: ?quanto alo que suplicays, que mande
?nombrar capit?n general en ese reyno para que en caso de nece
?sidacl haga llamamiento de gente e las otras cosas que fueren
?menester cierto es que esto es del cargo del nro, gobernador en ese
?reyno y asy yo por la presente le nombro e doy poder para ello.?
No par? en esto la actitud de la ciudad de Betanzos, sino que
se apresur? a solicitar el apoyo del conde de Fuensalida, goberna
dor y capit?n general de Galicia, a quien se acudi? para que por
su mediaci?n anulasen los regentes lo acordado, seg?n consta en
dos cartas y un memorial que a dicho conde dirigieron.
Una de las cartas, de fecha 4 de Mayo de ?1521, la firma el re
.
gulor de la ciudad Roy da Becerra, y la otra carta, que tiene igual
fecha, aparece suscrita por el regidor Juan Pascual.
Igual fecha de 4 de Mayo es la del Mensaje del procurador, do
cumento curios?simo que 'pone de manifiesto la energ?a desarrolla
da por la ciudad, de Betanzos en esta ocasi?n. En e dice el procu
rador Alonso de Cela que el nombramiento de capitanes generales,
expedido a favor de D. Fernando de Andrade y del arzobispo de
Santiago, debe anularse, entre otras razones ?porque aquella (pro
visi?n) fue impetrada .con siniestra relaci?n), y, adem?s, porque
?todo este dicho reyno recibirla mucho prejuicio de que los dichos
reberendisimo arzobispo e conde don fernando fuesen tales capita
nes generales porque el dicho reyno ha estado y siempre estubo pa
cifico solo con governarle vra. seiloria como le ha governado quan
to mas teniendo mas como agora tiene el nuevo poder que su cesa
, rea magestad le enbio y en tiempo en que no ay necesidad de ca
pitanes generales ni de gente pues que todas las veces que a los
vezinos desde dicho reyno fuese mandado que vayan yran donde
quiera que fuese 'seruici? de su magestad y si los dichos reberen
disimo arzobispo e conde don fernando fuesen capitanes generales
darse ya ocasi?n que,los que no fuesen sus vasallos desobedecie
sen especialmente teniendo como tienen competencias sobre juris
diciones e otras cosas con algunas cibdades e caballeros comarca
nos y?lo que esta pacifico se podria alterar lo qual vra. se?or?a debe
y es obligado a: oblar e estorbar. ?
Recibidas por el conde de Fuensalida las dos cartas y el men
saje relacionados, los remiti? al cardenal de Tortosa, con comuni