APUNTES PARA LA HISTORIA DE VIGO 117
para cubrir sus atenciones los ingresos del tr?fico mar?timo, res
pondi? Vigo que, aunque por breve tiempo, aqu?llos ya hab?an
existido simult?neamente y no por ello se destruyeron.
Del precedente escrito envi?ronse ejemplares al Capit?n Ge
neral de Galicia y autoridades subalternas de la regi?n, al objeto
de enterarles de las razones poderosas que justificaban la reins
talaci?n del Consulado; a lo que se opon?a el de La Coru?a,
cuyo designio no parece ser otro ?manifestaban los regidores
vigueses? que pretender "labrar la felicidad propia sobre la rui
na ajena" 24.
Una de las primeras contestaciones recibidas fue la del Comandante
de Marina de la provincia viguesa. En el consistorio del 8 de marzo
le?ase un oficio suyo, r?plica del que "se le pas? por el Ayuntamiento,
acompa??ndole un ejemplar de la propulsi?n puesta por el mismo, re
batiendo el manifiesto que dio a luz el Consulado de La Coru?a", expre
sando su total adhesi?n al Concejo vigu?s 25.
El escrito del Consulado de Vigo lleva el siguiente ep?grafe:
Contestaci?n del Real Consulado de la ciudad de Vigo a las lla
madas razones en que el de La Coru?a se funda para pretender
destruir la solicitud entablada ante el Soberano, para que se
digne rehabilitar el Consulado de Vigo'''. En ?l hac?an ver sus
directivos que "animar las fuentes agotadas de la riqueza p?bli
ca, dar impulso a la agricultura moribunda, fomentar la indus
tria aniquilada, facilitar la ense?anza p?blica, y sacar al comer
cio del par?lisis en que se halla, son los objetos que interesaron
en todas ?pocas al pueblo de Vigo..."; cuyas clases mercantiles
"clamaron sin cesar por un Consulado" a?os antes de que "se
so?ase en Cortes revolucionarias, en Constituci?n, ni alteraci?n
del sistema Real y Mon?rquico..." v.
En cuanto al aserto de que los comerciantes pod?an dilucidar
sus pleitos ante los Justicias ordinarios y evitar as? "la inmen
sidad de gastos y otros males consiguientes a la necesidad de
concurrir por sus personas o apoderados" al Tribunal Consular
" A. H. P., Secci?n Municipal, leg. 71 (4), doc. 7 mara 1825.
A. M. V., Actas Ayuntamiento, ses. 8 mar. 1825.
zb Firman el escrito consular Manuel Gonz?lez, Prior; Pedro Abeleyra y Ma
nuel Pascual Coca, C?nsules; Mart?n Arrate, Contador y Secretario interino.
" Por ello, la Junta Consular condesa ?subrayaba la de Vigo? "debi?
ahorrarse el trabajo de afirmar que el Consulado de Vigo estaba comprendido en
el anatema del sabio Decreto de la Regencia de 11 de junio de 1823, que anula
los Decretos, Ordenes y Reglamentos expedidos por aquella turba de legisladores
intrusos...".